Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1° : Denomínase “Centro Cultural Argentino” al Centro Cultural del Bicentenario, ubicado en la manzana delimitada por las calles Sarmiento y Bouchard y las Avenidas Leandro N. Alem y Corrientes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2º : Derógase la Ley Nº 26.794.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
FUNDAMENTOS
Proyecto
Señor presidente:
Desde el momento de su sanción, el 21 de noviembre de 2012, la Ley Nº 26.794, que impuso el nombre de “Néstor Carlos Kirchner” al Centro Cultural del Bicentenario, esa denominación fue objeto de muy fundadas críticas.
Se señaló que apenas habían pasado dos años desde el fallecimiento de Néstor Kirchner como para que la sociedad pudiera tener un juicio más equilibrado y menos expuesto a las pasiones políticas, razón por la cual las leyes locales suelen prohibir que se impongan a lugares públicos nombres de personas hasta diez años de fallecidas.
En este caso, por lo demás, la figura elegida no guarda la menor relación con las actividades artísticas. En efecto, no se conoce que el doctor Kirchner hubiera sido un cultor de las artes en ninguna de sus manifestaciones.
A esas razones cabe agregar que las escandalosas revelaciones de los últimos años respecto de la manifiesta corrupción de los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner –potenciadas desde la aparición de los cuadernos de un chofer, que derivó en una intensificación de las investigaciones y en la confesión del pago de sobornos de numerosos empresarios- torna inadmisible la permanencia de una denominación tan cuestionable aplicada al más importante centro cultural de la Argentina.
Por tal motivo, proponemos que el actual nombre sea sustituido por el Centro Cultural Argentino.
La denominación propuesta tiende a enfatizar que, si bien se encuentra ubicado en la Ciudad de Buenos Aires, el centro cultural de marras les pertenece a todos los argentinos y debe ser un lugar de difusión de las diversas manifestaciones del arte de nuestro país, con independencia del origen geográfico, étnico, religioso o político de sus autores.
Por lo expresado, queda así fundamentado el presente proyecto y a consideración de las diputadas y los diputados para su sanción.
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