PROYECTO DE TP


Expediente 0565-D-2020
Sumario: PRORROGASE POR EL TERMINO DE 365 DIAS LA EMERGENCIA ECONOMICA, PRODUCTIVA, FINANCIERA Y SOCIAL A LA CADENA DE PRODUCCION DE PERAS Y MANZANAS EN LAS PROVINCIAS DEL NEUQUEN, RIO NEGRO, MENDOZA, SAN JUAN Y LA PAMPA.
Fecha: 11/03/2020
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 8
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°.- Prorrógase por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días la emergencia económica, productiva, financiera y social a la cadena de producción de peras y manzanas de las provincias del Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La Pampa, declarada por ley 27354 y sus modificatorias, a partir del vencimiento previsto en el Decreto 351 de 2019.
Artículo 2°.- Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a prorrogar por igual término la vigencia de la ley 27354 y sus modificatorias, a partir del vencimiento previsto en la presente.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Por intermedio del presente proyecto de ley solicitamos prorrogar por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días la emergencia económica, productiva, financiera y social a la cadena de producción de peras y manzanas de las provincias del Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La Pampa, declarada por ley 27354 y sus modificatorias, a partir del vencimiento previsto en el decreto N° 351 del 14 de mayo de 2019 que promulga la ley 27503.
La ley 27354 data del año 2017 abarcando en ese momento solo a las provincias del Neuquén y Río Negro. Luego la ley 27374 la modificó con el fin de ampliar las provincias alcanzadas por la emergencia incorporando a San Juan, Mendoza y La Pampa. Posteriormente recibió otra modificación a través de la ley 27396 - reglamentada por el Decreto 1125/17- por la que se incrementaron los beneficios impositivos del sector y se añadió la suspensión de los juicios y medidas preventivas a iniciarse así como también la paralización de los que estaban tramitados. El 11 de junio de 2018 el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto 517 por el cual prorrogó la emergencia por un año e incluyó como beneficiarios a los prestadores de los servicios de frío. Finalmente, el 24 de abril de 2019 se sanciona la ley 27503 –que estableció la prórroga actual- que fue reglamentada por el Decreto 351 del 14 de mayo de ese año.
La presente solicitud se formula básicamente en virtud de que subsisten las condiciones que generaron la sanción de la normativa citada y ante la proximidad de su vencimiento.
Si bien el Poder Ejecutivo está autorizado a prorrogar los beneficios de la emergencia de referencia por decreto, consideramos que desde el Poder Legislativo lo correcto institucionalmente es la propuesta de sanción de una nueva ley y no una declaración solicitando al Ejecutivo que proceda a implementar la prórroga, por ende presentamos esta iniciativa.
Tal como se indica desde la Cámara Argentina de Fruticultores Integradas, la norma que solicitamos prorrogar ha tenido un altísimo impacto financiero positivo para el sector frutícola de manzanas y peras de nuestro país, toda vez que permitió mitigar los efectos de los últimos años de crisis, permitiendo que muchos actores de toda la cadena tuvieran la posibilidad de continuar produciendo y exportando, así como evitó el atraso tecnológico que podría haber dejado a los productores argentinos afuera del mercado internacional, como la colocación de mallas antigranizo, plataformas y modernización de tecnología de empaque.
Ante la escasez de financiamiento en condiciones para Capital de Trabajo y dado que ésta ha sido una fuente de financiamiento accesible, de inmediata implementación y que llega a todos los integrantes de la cadena, entendemos que es necesario e indispensable que la ley de emergencia se prorrogue al menos por un año más.
Por otra parte también esta prórroga permitirá ampliar los beneficios fiscales a los sectores afectados, ya que habilita a la AFIP a formular convenios de facilidades de pago para cancelar vencimientos tal como lo indica el artículo 2° de la norma con el texto incorporado por la ley 27503 cuyo párrafo final establece: ”Los convenios de facilidades de pago que se instrumenten comprenderán una tasa de interés de hasta el uno por ciento (1%) mensual y abarcarán las obligaciones que se devenguen hasta el 31 de mayo del año en que finalice la emergencia.”
Este proyecto debería ser sancionado con urgencia, o bien el Poder Ejecutivo prorrogar la emergencia por Decreto, porque cada día aumenta el número de pequeños y medianos productores frutícolas que no pueden sobrevivir a la crisis.
Por todo lo expuesto, agradezco a los señores legisladores su voto positivo para con el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SAPAG, ALMA LILIANA NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
DI GIACOMO, LUIS RIO NEGRO JUNTOS SOMOS RIO NEGRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO DI GIACOMO (A SUS ANTECEDENTES)
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