Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
1°.- Expresar la preocupación de esta Honorable Cámara de Diputados por las posibles manipulaciones de los precios y suministros de los insumos sanitarios esenciales vinculados a la prevención, tratamiento y erradicación del coronavirus COVID-19.
2º.- Instar al Poder Ejecutivo Nacional a reglamentar e implementar las medidas concretas en los términos de la ley 20.680 de abastecimiento respecto de los bienes y servicios sanitarios esenciales vinculados a la prevención, tratamiento y erradicación del coronavirus COVID-19.
FUNDAMENTOS
Proyecto
Señor presidente:
El coronavirus COVID-19 es motivo de preocupación para la población, el Estado, y la comunidad internacional, máxime cuando la OMS ha declarado la enfermedad como pandemia, y el Poder Ejecutivo Nacional declarado como integrante de la emergencia pública en materia sanitaria (DNU 260/2020).
Por este motivo, resulta intolerable cualquier práctica de los proveedores e intermediarios de los bienes y servicios vinculados a su prevención y tratamiento tendiente a mejorar sus márgenes de ganancia a costa de la necesidad de la población.
Siendo que se encuentra declarada la emergencia pública en materia sanitaria respecto del coronavirus COVID-19, resulta de plena aplicación las disposiciones de la ley 20.680 de abastecimiento, motivo por el cual por el presente se pretende instar al Poder Ejecutivo Nacional a reglamentar e implementar las medidas concretas, en los términos de la citada ley, respecto de los bienes y servicios sanitarios vinculados con esta pandemia.
Si bien tenemos un principio de aplicación a través del decreto 206/2020, la ley de abastecimiento tiene un alcance mucho mayor al que introduce el decreto, ley que otorga al Poder Ejecutivo Nacional herramientas concretas para prevenir, sancionar y erradicar toda práctica que distorsione los precios o suministro de los insumos aquí mencionados con fines especulativos.
Siendo que estamos ante una emergencia sanitaria que pretende proteger la salud pública, y de todas las personas bajo jurisdicción nacional, es imperativo que el Estado implemente todas las medidas a su alcance, especialmente aquellas que buscan especular con el bienestar y el acceso a los bienes y servicios esenciales.
Así mismo, estamos ante conductas distorsivas del mercado que buscan aprovechar la emergencia no solo comprometen la salud de las personas, sino también afectan sus intereses económicos, aprovechando su condición de proveedores de insumos esenciales en el marco de una emergencia sanitaria, conducta incompatible con el imperativo constitucional que emana del art. 42 y la normativa derivada.
Siendo que la presente busca los fines expresados, así como es coherente con las facultades delegadas al Poder Ejecutivo Nacional por parte de este Honorable Congreso de la Nación, solicito a mis pares que me acompañen en el presente proyecto.
Proyecto