Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo a través de los organismos que correspondan proceda a la reglamentación de la ley 27.130 de Prevención del suicidio.
FUNDAMENTOS
Proyecto
Señor presidente:
El presente proyecto encuentra su antecedente en el Expediente Nro. 506-D-2016 que fuera presentado por mi parte durante el año parlamentario anterior y que ha caducado sin haber sido sometido a tratamiento.
La ley nacional 27130 de Prevención del Suicidio, fue promulgada el 06 de abril de 2015.
Esta iniciativa fue expresión de un proceso de construcción consensuada con organismos públicos, organizaciones de la comunidad, especialistas y legisladores de diferentes espacios políticos, para lograr el diseño de herramientas que contribuyan a prevenir los procesos de ideación suicida, detectar los factores de riesgo y disminuir la cantidad de suicidios que se producen en nuestro país.
Se definió en la ley un modelo de abordaje que promueve quitar el estigma que genera el suicidio y fundamentalmente acercar ayuda a quien se encuentra en el proceso de ideación, que pueda culminar atentando contra su vida, a las familias y a los contextos dentro de los cuales se produce y respecto de los cuales impacta en gran manera.
En el texto normativo sancionado, existen una serie de herramientas y líneas de acción que es imprescindible se aborden a través de la reglamentación para poder resultar operativas y lograr los objetivos con los que nació la ley.
Nuestro país especialmente en las zonas del Norte y el Sur, padecen los índices más elevados de suicidio y especialmente en la franja etaria de la adolescencia y juventud.
Según los últimos datos del Ministerio de Salud, la tasa de suicidios en el país es de 7,4 cada 100.000 habitantes, siendo la segunda causa de muerte en adolescentes y una de las seis primeras en adultos, habiéndose observado un incremento en el caso de los adolescentes y jóvenes.
La OMS ha definido al suicidio como un problema de salud pública habiendo desarrollado una serie de herramientas, instrumentos y recomendaciones a los países para el abordaje del tema, instrumentos que fueron tenidos en cuenta en el proyecto de ley cuya reglamentación estamos solicitando.
El suicidio es prevenible y requiere del compromiso de toda la sociedad.
En consecuencia, reglamentar la ley, contribuirá de manera decidida a producir las definiciones, las responsabilidades, las acciones y finalmente lograr llegar antes que alguien concrete una decisión tan dramática como irreversible.
Por las razones expuestas solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto