Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...
DESAFECTAR DEL IVA A LOS PRODUCTOS COMUNES DE LIMPIEZA Y DE HIGIENE PERSONAL DE USO DOMÉSTICO TENDIENTES A LA PREVENCIÓN DEL VIRUS COVID-19
Artículo 1°.- La venta de los productos comunes de limpieza y de higiene personal de uso doméstico, tendientes a la prevención de la propagación del virus COVID-19 y que a continuación se detallan: Alcohol (etanol) en gel y etílico; desinfectantes para mano a base de alcohol; jabón para la higiene diaria en barra y líquido; jabón en polvo y líquido para ropa; papel higiénico; pañuelos descartables; guantes de látex; barbijos; lavandina (hipoclorito sódico) líquida y en gel; toallitas húmedas desinfectante; desinfectantes en aerosol que contengan alcohol; detergentes; agua oxigenada (peróxido de hidrógeno); bolsas de residuos. Los productos señalados estarán alcanzados por un plazo de 120 días, por un alícuota equivalente al CERO POR CIENTO (0%) en el impuesto al valor agregado, establecido por la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, cuando se comercialicen a consumidores finales.
Artículo 2°: El Ministerio de Economía de la Nación será autoridad de aplicación de la presente ley.
Artículo 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Proyecto
Señor presidente:
La COVID-19 es una enfermedad infecciosa causada por un nuevo virus que no había sido detectado en humanos hasta la fecha. El virus causa una enfermedad respiratoria como la gripe (influenza) con diversos síntomas (tos, fiebre, etc.) que, en casos graves, puede producir una neumonía.
Con la declaración de pandemia de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el COVID-19 propagó sus efectos a todos los espacios sociales, culturales y hasta laborales donde el contacto con casos de riesgo se torna una posibilidad. Pero también obligó hasta a los más escépticos a reforzar las medidas de prevención e higiene en el ámbito privado, allí donde se comparte con la familia y el círculo íntimo, y en donde el coronavirus puede combatirse con sencillos hábitos de limpieza.
En la actualidad no existe una vacuna para prevenir la enfermedad del coronavirus 2019 (COVID-19). La mejor forma de prevenir la enfermedad es evitar la exposición a este virus. Sin embargo, como recordatorio, siempre recomiendan medidas preventivas cotidianas para ayudar a prevenir la propagación de enfermedades respiratorias. Estas medidas incluyen: Evitar el contacto cercano con personas enfermas. Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca. Quedarse en casa si está enfermo. Cubrirse la nariz y la boca con un pañuelo desechable al toser o estornudar y luego botarlo a la basura. Limpiar y desinfectar los objetos y las superficies que se tocan frecuentemente, usando un producto común de limpieza de uso doméstico en rociador o toallita.
Las personas que presentan síntomas del COVID-19 deberían usar mascarillas para ayudar a prevenir la propagación de la enfermedad a los demás. El uso de mascarillas es también esencial para los trabajadores de la salud y las personas que cuidan de alguien en un entorno cerrado (en la casa o en un establecimiento de atención médica).
EL coronavirus comenzó a mediados del mes de diciembre, cuando China reportó los primeros casos que sucedieron en la región de Wuhan. Con el correr de los días, el virus se esparció por Europa, y luego de unos meses llegó al país y gran parte de la sociedad siguiendo las recomendaciones de prevención recorre las farmacias para conseguir barbijos y alcohol en gel. La demanda de estos productos se duplicó y sus precios aumentaron exponencialmente.
En el caso de los barbijos descartables la demanda se incrementó aproximadamente en un 89%, mientras que en los alcoholes es de un 80% en comparación con el mismo período del año pasado.
Que por el artículo 42 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL se establece que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno, y que las autoridades proveerán a la protección de esos derechos.
Que en dicho marco corresponde velar y garantizar el abastecimiento normal y habitual de todos aquellos productos comunes de limpieza y de higiene personal de uso doméstico, tendientes a la prevención de la propagación del virus COVID-19.
Por estos motivos, solicitamos el acompañamiento del presente proyecto de ley.
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