Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional en los términos del art. 100 inciso 11 de la C.N. para que por intermedio de quién corresponda, informe a esta Cámara de Diputados de la Nación los montos transferidos, con detalle mensual y anual, a la Provincia de Entre Ríos durante el año 2016 en concepto de “excedentes de energía” correspondientes al Emprendimiento Hidroeléctrico Binacional Salto Grande.
FUNDAMENTOS
Proyecto
Señor presidente:
A través del presente proyecto de resolución se pretende que el Poder Ejecutivo Nacional en los términos del art. 100 inciso 11 de la C.N., por intermedio de quién corresponda, informe a esta Cámara de Diputados de la Nación los montos transferidos, con detalle mensual y anual, a la Provincia de Entre Ríos durante el año 2016 en concepto de “excedentes de energía” correspondientes al Emprendimiento Hidroeléctrico Binacional Salto Grande.
En relación a los antecedentes del Complejo Hidroeléctrico Salto Grande, es importante recordar que en el año 1946, se firmó el Convenio entre la República Argentina y la República Oriental del Uruguay en el cual se determina su creación y que el mismo se ubicaría en la provincia de Entre Ríos, como así también que la finalidad de dicho Convenio era la obtención del mayor beneficio de las disposiciones naturales que ofrecen los rápidos del Río Uruguay, en la zona de Salto Grande, para el desarrollo económico, industrial y social de ambos países y, con el fin de mejorar la navegabilidad, aprovechar sus aguas para la producción de energía y facilitar la vinculación de sus comunicaciones terrestres, así como cualquier otro objeto que, sin menoscabo de los anteriores propósitos, concurra al enunciado beneficio común.
En 1961, se firma el Tratado de Límites en el Río Uruguay, entre la República Oriental del Uruguay y la República Argentina y, finalmente, en el año 1973 el Presidente Juan Domingo Perón anuncia en Montevideo, -al firmar el Tratado de Límites del Río de la Plata-, que se construiría la represa a partir del año siguiente, quedando oficialmente inaugurada en el año 1983 cuando se puso en funcionamiento el último hidrogenerador.
En ese sentido, recordemos que cuando fue proyectado el Complejo Hidroeléctrico de Salto Grande se lo entendió como un verdadero instrumento de desarrollo de la región, concibiendo a la energía como un bien social y no como un bien de mercado. Ello así, esta obra se concibe como un generador de recursos indispensables para la vida de la Argentina y del Uruguay e implica la posibilidad de seguir trabajando y creciendo desde la región por el bien común de los países creadores, de sus habitantes, de su industria, su comercio y su desarrollo.
En este orden de ideas, es importante destacar que desde sus inicios, el proyecto de la entidad binacional fue pensado como una prioridad para el desarrollo de la provincia de Entre Ríos, por lo que en el año 1998, se sanciona la Ley 24.954, a través de la cual se ratifican los acuerdos celebrados entre la Nación y las provincias de Entre Ríos, Corrientes y Misiones para el aprovechamiento hidroeléctrico de Salto Grande, estableciéndose que los excedentes se repartirán de la siguiente manera: 67.5% a la provincia de Entre Ríos, 27.5% a la provincia de Corrientes, 5% a la provincia de Misiones.
Por su parte, la provincia de Entre Ríos sanciona la Ley Nº 9140, a través de la cual se crea la Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande (CAFESG), a fin de llevar adelante el manejo de los excedentes derivados de la explotación de Salto Grande.
Así, corresponde aclarar que en el año 2002 se dictó la Ley Nº 25.671 a través de la cual se establece que el fondo creado por la Ley 24.954, no formará parte del presupuesto de gastos y recursos de la Administración Nacional y que toda la recaudación deberá ser depositada en una cuenta especial a nombre de CAMMESA (Companía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima).
En este sentido, a través de la Resolución Nº 406/03 (y sus concordantes y modificatorias) de la Secretaría de Energía de la Nación se implementó un mecanismo transitorio para la asignación de los recursos para afrontar las acreencias de los Agentes del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), el cual sigue vigente y debería cuestionarse su continuidad.
De esta forma, el Complejo Hidroeléctrico de Salto Grande abastece algo más del 8% de la demanda total de energía del país, con 14 turbinas de 135 MW cada una, beneficiando no sólo a la provincia de Entre Ríos sino a todo nuestro país, no contándose a la fecha con información fehaciente por parte de la Administración Nacional acerca de los montos remitidos en concepto de excedente a la Provincia de Entre Ríos.
Va de suyo que los fondos derivados de la producción de energía de la Represa de Salto Grande son de vital importancia para el desarrollo de la Provincia de Entre Ríos y en ello radica la necesidad de contar con la información que se solicita en el presente proyecto de resolución.
En efecto, la Represa de Salto Grande además de ser un recurso renovable y barato, constituye uno de los ejes sobre los que debe girar un programa de desarrollo provincial y regional. Es oportuno interrogarse entonces si es posible concebir el futuro destino de Entre Ríos sin el aporte esencial que la represa es capaz de proporcionar en plenitud de funcionamiento y siempre que su generación de energía le sea abonada como corresponde por ley.
Es mi deber como entrerriano y como diputado, en tanto representante del pueblo de mi provincia, aportar soluciones que beneficien al conjunto, ello en la convicción que es loable el interés provincial, pero no debe perderse de vista que el recurso energético de la represa es patrimonio de toda la provincia y sus beneficios deben alcanzar a todos los entrerrianos.
Señor Presidente, con la creación del Complejo Hidroeléctrico de Salto Grande, los pioneros del proyecto no solo vieron la posibilidad de represar las aguas y de generar energía sino la posibilidad de transformar y fortalecer una región determinada.
Por los motivos expuestos, es que solicito a los señores diputados que nos acompañen con la aprobación del presente proyecto de resolución.
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