PROYECTO DE TP


Expediente 3038-D-2017
Sumario: INSTITUTO NACIONAL DE ESTRATEGIA Y PROSPECTIVA. CREACION EN EL AMBITO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACION.
Fecha: 08/06/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 65
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


CREACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTRATEGIA Y PROSPECTIVA
Artículo 1º: Créase el Instituto Nacional de Estrategia y Prospectiva como una entidad autárquica en el orden administrativo, funcional y financiero, con capacidad para actuar pública en los órdenes científico, técnico, administrativo y financiero, dentro del ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, con la organización y competencias determinadas en la presente ley.
Artículo 2°: El Instituto se constituirá a los efectos de asistir en la planificación pública nacional como una herramienta técnica de gobierno y de gestión pública tendiente a orientar las acciones necesarias para lograr el desarrollo estratégico e integrado del país en el corto, mediano y largo plazo.
Artículo 3º: Según las prescripciones del artículo 1° el Instituto tendrá por finalidad asistir en la organización, programación, ejecución y coordinación de los planes y objetivos estratégicos para desarrollos compatibles con los intereses de la Nación, en cooperación con los distintos organismos del sector público.
Artículo 4°: El Instituto tendrá las siguientes funciones:
a) Asistirá al Poder Ejecutivo Nacional a través de estudios que permitan la determinación de los objetivos estratégicos de desarrollo de la Nación, así como las prioridades del gasto público, la inversión pública, privada y la cooperación internacional, de modo tal de fijar las pautas del desarrollo de largo plazo de la nación;
b) Ejecutará estudios prospectivos y simulaciones acerca de estrategias o acciones de gobierno que se le requieran.
c) Ejecutará Análisis que permitan la articulación e integración coherente y concertada de los planes y programas estratégicos y los planes de desarrollo institucional de los tres niveles de gobierno;
d) Proporcionará las orientaciones, metodologías y capacidades necesarias para realizar un planeamiento estratégico de largo plazo;
e) Formulará y presentará escenarios futuros de casos de estudio que se le hayan planteado.
f) Asistirá y asesorará en el diseño e implementación de las políticas públicas brindando apoyo técnico;
Artículo 5°: Todas las disposiciones de la presente ley deberán interpretarse y ejecutarse asegurando la plena vigencia de la transparencia de las prácticas administrativas, la optimización y economía de los recursos y procedimientos, en beneficio del cumplimiento de los objetivos propuestos por el artículo 2° de la presente ley.
Estructura, organización y competencias
Artículo 6°: El Instituto Nacional de Estrategia y Prospectiva estará conformado por:
a) Director y Subdirector,
b) Secretaría de Coordinación
c) Departamento de Planeamiento Estratégico,
d) Departamento de Análisis Prospectivo,
e) Laboratorio de Sistema y Simulación.
Artículo 7°: La Dirección del Instituto Nacional de Estrategia y Perspectiva es el órgano de coordinación que mantiene una relación técnica ejerciendo un control funcional sobre los Departamentos de Análisis Estratégico, Departamento de Análisis Prospectivo y el Laboratorio de Sistemas y Simulación, cuyas principales funciones son:
a) Asistir en la formulación del Plan Estratégico de desarrollo nacional coordinado con los niveles de gobierno que tengan la responsabilidad primaria;
b) Brindar asistencia y asesoría técnica al Presidente de la Nación en relación a la gestión, seguimiento y evaluación de los planes estratégicos de desarrollo nacional.
c) Capacitar en el proceso de planeamiento estratégico a todos los organismos del Estado de manera conjunta y emitir directivas metodológicas para la formulación de planes;
d) Desarrollar instrumentos técnicos, métodos e instrumentos afines que aseguren el planeamiento de la política pública en el mediano y largo plazo, particularmente en sus impactos económicos, sociales, políticos e institucionales;
e) Participar en la elaboración del presupuesto plurianual a fin de contribuir al establecimiento de políticas de largo plazo;
f) Promover políticas de vinculación entre el sector público y privado;
g) Orientar y desarrollar estudios estratégicos, identificando estudios estratégicos, riesgos, contingencias, oportunidades y plantear opciones estratégicas;
h) Identificar escenarios estratégicos junto con la Agencia Federal de Inteligencia que contribuyan a un mejor diagnóstico, y conocimiento de los problemas y potenciales conflictos nacionales.
i) Dictar cursos de capacitación que contribuyan al desarrollo de su fin.
Artículo 8°: El Departamento de Planeamiento Estratégico es un órgano de asesoramiento y asistencia técnica en materia de elaboración de los objetivos de desarrollo del país, cuyas principales funciones son:
a) Transmitir la visión nacional del Pensamiento Estratégico Nacional;
b) Publicar planes y objetivos estratégicos de la nación para organizar la participación del sector público, privado y técnico;
c) Desarrollar métodos, herramientas, instrumentos y capacitaciones que contribuyan al desarrollo de las potencialidades de la nación;
d) Articular e integrar concertadamente los planes estratégicos entre la nación y el sector privado;
e) Monitorear el cumplimiento de los planes vigentes;
Departamento de Análisis Prospectivo
Artículo 9°: El Departamento de Análisis Prospectivo es un órgano de asesoramiento y asistencia técnica a fin de recomendar la fijación de los objetivos de mediano y largo plazo del país, cuyas principales funciones son:
a) Asistir en la formulación de los planes de mediano y largo plazo y efectuar su evaluación periódica;
b) Plantear escenarios prospectivos tendientes al desarrollo, impacto y previsibilidad de posibles políticas públicas en materia social y económica;
c) Establecer líneas de acción pública contribuyente a ejercicios futuros;
d) Analizar las amenazas, oportunidades, fortalezas y debilidades (análisis FODA) de la nación en el mediano y largo plazo;
Laboratorio de Sistemas y Simulación
Artículo 10°: El Laboratorio de Sistemas y Simulación tiene por finalidad:
a) Diseñar, elaborar y poner en práctica ejercicios de simulación tendientes a realizar una validación permanente y sistemática de los escenarios obtenidos de los departamentos de Análisis Estratégico y Análisis Prospectivo;
b) Entender en el diseño de programas de capacitación dentro del ámbito público y privado a los efectos de la implementación de medidas contribuyentes a cada una de su competencia;
c) Capacitar en prácticas de simulación dinámicas a los organismos del estado para el diseño análisis y evaluación de las políticas públicas.
Recursos Humanos
Artículo 11°: Designaciones.
a) Director y Subdirector del Instituto.
Serán funcionarios designados por el Presidente de la Nación con el rango de Subsecretario de Estado el primero y Director Nacional el segundo con el perfil adecuado para la función;
b) El resto, serán personal de planta permanente de cada uno de los ministerios que lo componen, ya sean civiles y/o militares, designados a tal efecto con el perfil adecuado para la función.
Personal Administrativo
Artículo 12°: El personal de planta que integre el Instituto provendrá de la planta permanente en base a los siguientes criterios:
a) Poseer el perfil adecuado para la función;
b) El reconocimiento de la antigüedad de cada agente en el sector público de donde provenga;
c) La estabilidad de todo el personal de planta permanente.
Contratación Específica
Artículo 13°: Podrán ser contratados en forma específica los especialistas que aún no proviniendo de la planta de la Administración Pública posean el conocimiento en el área de Planeamiento Estratégico y con conocimientos de metodologías de prospectiva para su incorporación como asesores. Su incorporación se efectuará por concurso abierto y público, de acuerdo a las normas establecidas por la Administración Pública Nacional.
Financiamiento del Instituto Nacional de Estrategia y Prospectiva
Artículo 14°: El instituto Nacional de Estrategia y Prospectiva confeccionará bianualmente su anteproyecto del presupuesto, elevándolo al Poder Ejecutivo Nacional para su posterior incorporación al Proyecto de Ley de Presupuesto.
Artículo 15°: Los recursos del instituto se conformarán de la siguiente manera:
a) Los fondos que anualmente le asigne la Ley de Presupuesto Nacional y/o por Leyes Especiales,
b) Las subvenciones, transferencias y aportes que reciba del Poder Ejecutivo Nacional, Provincias, Municipios, organismos internacionales gubernamentales, y no gubernamentales, destinados específicamente al cumplimiento de los objetivos y competencias del Instituto, en caso de estudios específicos no programados
c) Subsidios, herencias, legados, donaciones,
d) Los ingresos derivados de convenciones y/o acuerdos públicos suscriptos con el Estado Nacional, gobiernos provinciales o municipales, entidades autárquicas, autónomas o con cualquier otro ente público de la República Argentina, o Estados extranjeros o con instituciones públicas extranjeras u organismos multilaterales.
Disposiciones Especiales
Artículo 16°: Autorizase al Poder Ejecutivo Nacional para que, por esta única vez, efectúe las reestructuraciones del presupuesto general de la Administración Nacional que fuesen necesarias para el adecuado cumplimiento de esta ley, a cuyo efecto podrá disponer cambios en las denominaciones de los conceptos, partidas y su partida existente o crear nuevas y reestructurar, suprimir, transferir y crear servicios.
Artículo 17°: La presente ley entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 18°: El Poder Ejecutivo debe reglamentar la presente ley dentro de los 120 días a partir de su publicación en el Boletín Oficial, con el fin de adaptar los órganos, obligaciones, partidas presupuestarias al presente marco normativo.
Artículo 19°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Tengo el agrado de dirigirme a Ud. con el objeto de someter a su consideración el presente proyecto de ley denominado “Creación del Instituto Nacional de Estrategia y Prospectiva”, el cual se fundamenta en las siguientes premisas.
Si bien hoy en la Argentina, existen diferentes centros de estudios estratégicos, ya sea de orden público y privado, los mismos en general, obedecen a generar consenso y pensamiento estratégico acerca de determinadas áreas el quehacer nacional. Así tenemos los dedicados a cuestiones de la defensa, de UNASUR, de cuestiones aeroespaciales, relaciones internacionales, minería y cuestiones marítimas, por citar solo algunos de ellos.
En ningún caso se conoce la existencia de un componente técnico con capacidad prospectiva (visión de futuros posibles) y desarrollo de pensamiento y metodología de planificación estratégica que evalúe políticas de Estado con incidencia directa en el largo y mediano plazo, que permitan no solo determinar los escenarios futuros posibles, sino poder adentrarse y conocer aquellos imponderables que hoy alteran el presente en forma violenta basados en eventos poco probables, para los cuales nunca se pensó una alternativa de solución y terminan produciendo catástrofes o situaciones futuras absolutamente indeseadas para las generaciones venideras. En este orden de ideas se pueden citar los siguientes ejemplos, la venta de Alaska por parte de Rusia a los EE.UU., la que quito al primero la oportunidad de ser tri-continental, fuertes ventajas estratégicas en la guerra fría, una serie de riquezas metalíferas, por citar algunos aspectos.
Si bien nuestra idiosincrasia, no es proclive a tener un organismo de características técnicas para este tipo de análisis, es loable reconocer que los mismos muestran resultados de excelencia en países altamente desarrollados y en otros de la región como es el caso de Ecuador, Perú, México. Esto es debido a que ellos mismos, no crean políticas ni tienen capacidad de conducción, pero el resultado de sus estudios, permiten al decisor una visión más amplia y con aristas que de otra manera hubieran podido quedar ocultas por la falta de profundización, o la simple imposición vehemente, a veces con efectos catastróficos.
La prospectiva es una disciplina de gestión que permite reflexionar sobre el futuro – lo que podría ser y lo que debería ser- con miras a orientar la acción humana –individual o colectiva- en el presente, mediante una estructura conceptual y metodológica aplicable a problemas de diferentes campos y áreas. El proceso de la reflexión prospectiva incluye los siguientes interrogantes: ¿En dónde estamos?, ¿Hacia dónde vamos?, ¿Hacia dónde debemos ir?, ¿Hacia dónde podemos ir?, para lo cual hoy se puede comenzar modificando el ahora.
La planeación de escenarios es un acercamiento sistemático para desarrollar y ejecutar estrategias ante la incertidumbre. Crea la cultura orientada al cambio y está basada en cuatro elementos principales:
1. Considerar valores y creencias que en el largo plazo responderán a eventos futuros.
2. Construir la organización donde la información fluya.
3. Desarrollar las competencias: ambientes inteligentes, innovación tecnológica, planeación en incertidumbre, experimentar con nuevos productos.
4. Diseñar e implementar procesos.
La creación de este organismo, constituye una oportunidad única en la historia de nuestra Nación, por diferentes razones, cuales son: un gobierno cuyo paradigma, es el conocimiento, la sinceridad y la tecnología como base de crecimiento y desarrollo, la posibilidad de desarrollar un sinnúmero de políticas de Estado, con andamiaje conceptual y estratégico que a través de procesos prospectivos nos permitirían en el presente explorar algunos futuros comprendiendo las consecuencias de nuestras apreciaciones actuales hoy existen las tecnologías y nuestro país tiene l posibilidad de manejarlas e incluso desarrollarlas, con miras a adquirir un liderazgo regional en este tipo de concepción del análisis de políticas.
Las ventajas y capacidades que otorga un organismo de estas características, brindando información al instrumento decisor del Estado Nación, reporta una ventaja estratégica no conocida ni puesta en ejecución, por ninguna administración hasta la actualidad. Su costo de implementación en relación con los beneficios que puede aportar que son significativos y no configurarían prácticamente más que salarios y algunos gastos en sistemas. A cambio de ello se contaría con una herramienta de planeamiento estratégico, para la anticipación, pero no como un instrumento que garantice el cambio, no obstante la capacidad de si bien no predice su realización, si anticipa el posible-probable porvenir.
Este proyecto pretende proveer al estado de un instrumento útil a la función de gobernar. En la medida en que los líderes políticos y sociales reconozcan esta utilidad, será más fácil incorporar estos trabajos a la formulación de las políticas y programas. Considerando que el pensamiento prospectivo se distingue del estratégico porque lo precede y le indica (qué hacer y hacia dónde ir). La prospectiva aporta narraciones diferenciadas sobre el futuro (escenarios) y la estrategia (el cómo hacer). Las estrategias devienen de las visiones de futuro; no son productos ad hoc de necesidades presentitas.
Asimismo no se puede soslayar el hecho que nuestro país, se encuentra en una crisis, producto de la aplicación de políticas cortoplacistas que determinan la aplicación de soluciones coyunturales, sin llevar a cabo análisis sistémicos de los problemas a tratar. Que dichas crisis, han evolucionado en el tiempo, dejando prácticamente al estado en una situación de emergencia.
Por esta razón asistir al poder ejecutivo con una herramienta técnica y tecnológica, que le permita evaluar y simular el resultado de estrategias, planes y programas de medio y largo plazo, resulta indispensable en los tiempos modernos, para lograr políticas sustentables en el mediano y largo plazo.
Ahora bien, poseer un organismo asesor especializado de Estrategia y Prospectiva, resulta afín a las necesidades de la República Argentina de cara a un futuro de crecimiento y desarrollo, posible y sustentable, dado que este tipo de gabinete permite al ejecutivo prever el devenir y de esa manera ajustar planes, así como evaluar alternativas posibles y agilidad para administrar situaciones no deseadas.
Actualmente, disponer de cierta capacidad de modelación, representa una ventaja estratégica, en relación con los desafíos que representan los mercados, en un mundo globalizado y la posibilidad de seleccionar y mantener objetivos que permitan en el futuro una oportunidad de crecimiento positivo a nuestro país a partir de la selección correcta de la política a aplicar.
Por lo tanto, poseer este tipo de herramientas, si bien no representa una obligación política seguir sus resultados, aporta perspectivas que permiten ampliar de manera considerable la validación de las opciones del problema tratado. Como consecuencia, lograr una visión prospectiva permite contar con las siguientes ventajas:
• Construcción del futuro más probable (futurible)
• Diseño de un futuro querido (futrido)
• Construcción del mejor futuro posible (futurible)
• Evaluación prospectiva (holística y teleológica)
• Acción permanentemente retroalimentada.
Por todo lo expuesto, dotar a la jefatura de gabinete de ministerios de una herramienta de estas características, le permitirá, tener una visión de largo plazo acerca de las políticas que se pretende implementar, generar estrategias diversas para una mejor implementación de las mismas, desde una perspectiva eminentemente técnica que de ninguna manera interfiere en la política a desarrollar , sino que la enriquece con aspectos que muchas veces por no ser tenidos en cuenta, se producen fracasos que desalientan el esfuerzo de todos los argentinos.
Finalmente, considerando el marco de la política de modernización del Estado es sumamente prioritario contar con un organismo de las características arriba explicitadas. En estas líneas se erige el presente proyecto y por los motivos antes expuestos, solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ROMA, CARLOS GASTON TIERRA DEL FUEGO UNION PRO
CAVIGLIA, FRANCO AGUSTIN BUENOS AIRES JUNTOS POR ARGENTINA
ALONSO, HORACIO FERNANDO BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Logo de la Honorable Cámara de Diputados de la Nacion Argentina

Honorable Cámara de Diputados de la Nación Argentina | Congreso de la Nación Argentina
Av. Rivadavia 1864 - Ciudad Autónoma de Bs. As. (C.P.C1033AAV) | + 54 11 6075-0000
Nota: La información contenida en este sitio es de dominio público y puede ser utilizada libremente. Se solicita citar la fuente.