PROYECTO DE TP


Expediente 3836-D-2017
Sumario: ESTABLECER QUE LAS UNIVERSIDADES NACIONALES PUBLICAS, DEBERAN CONTAR CON GUARDERIA INFANTIL PARA NIÑOS ENTRE 60 DIAS Y CINCO AÑOS DE EDAD, HIJOS DE SUS ALUMNOS, DOCENTES Y NO DOCENTES.
Fecha: 12/07/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 88
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Ley Nacional de Guarderías Infantiles en las Universidades Nacionales Públicas.
ARTÍCULO 1º.- Las Universidades Nacionales Públicas, deberán contar con guardería infantil para niños entre 60 días y cinco años de edad, hijos de sus alumnos, docentes y no docentes.
ARTÍCULO 2º.- La guardería infantil deberá funcionar en las mismas instalaciones edilicias donde se desenvuelven las diferentes facultades o en su defecto, en un radio no mayor a 10 cuadras a la redonda del establecimiento educativo.
ARTÍCULO 3º.- La guardería infantil estará a cargo de personal especializado para ejercer la función y debidamente habilitado.
ARTÍCULO 4º.- AUTORIDAD DE APLICACIÓN. El Ministerio de Educación y Deportes de la Nación.
ARTÍCULO 5º.- El Poder Ejecutivo nacional reglamentará la presente ley en el plazo de 90 días desde su promulgación.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de Ley tiene por objeto que las alumnas, docentes y no docentes de las Universidades Nacionales Públicas de nuestro país, tengan acceso a una guardería infantil para el resguardo de sus hijos mientras realizan sus estudios o cumplen sus tareas.
El derecho a la educación de aquellas personas que son madres o padres no se encuentra suficientemente resguardado porque en su ejercicio no se consideran las dificultades que el modelo educacional les impone a los estudiantes, sobre todo cuando son la cabeza de sus propias familias.
Cada vez más en nuestro tiempo, la conciliación entre la maternidad y las responsabilidades derivadas del trabajo o estudio requiere de mayor protección. La vida actual impone necesidades que deben compatibilizarse de la mejor manera posible para que las madres no tengan que optar entre el cuidado de los hijos y sus actividades propias.
Este proyecto es una iniciativa de apoyo a la conciliación entre maternidad o paternidad y estudio en las universidades del país.
Muchas personas no pueden seguir sus carreras por ser madres o padres. Debemos facilitar su inserción en la vida universitaria para resguardar el derecho universal a la educación.
Además, hay muchos estudiantes que tienen hijos menores y que al momento de cursar la carrera que escogieron, el hecho de no tener quién los cuide, se ha convertido en un verdadero impedimento.
La inclusión y permanencia de las madres en las Facultades es una herramienta más para erradicar la violencia de género.
El contenido del derecho fundamental a no ser discriminado por razón de sexo abarca la igualdad de trato y la de oportunidades.
La igualdad de trato comprende, a su vez, la prohibición de discriminaciones directas e indirectas. La igualdad de oportunidades remite al mandato de acciones positivas a favor de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres.
Ya tienen guardería infantil: la Facultad de Derecho de la U.B.A.; Universidad Nacional de Cuyo; la Universidad Nacional de General Sarmiento; y la Universidad Nacional de la Plata.
El artículo 14 de la Constitución Nacional nombra entre los derechos fundamentales de cada uno de los habitantes de la República Argentina, el derecho a aprender y enseñar.
A su vez el artículo 2º de la Ley Nº 26.206 (B.O. 28.12.2006), establece que “la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado”.
En nuestro país la educación debe ser un asunto prioritario y fundamental para su crecimiento y desarrollo.
Es por las razones expuestas, que solicito a mis pares legisladores que me acompañen en este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
HERS CABRAL, ANABELLA RUTH CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
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