PROYECTO DE TP


Expediente 3964-D-2017
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA APLICACION DE LA LEY 26928, SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL PARA LAS PERSONAS TRASPLANTADAS.
Fecha: 20/07/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 92
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo para que a través de los organismos pertinentes, se sirva informar las siguientes cuestiones relacionadas con la aplicación de la Ley 26.928, SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL PARA LAS PERSONAS TRASPLANTADAS:
1. Detalle relevamientos realizados a fin de corroborar el pleno y efectivo cumplimiento de lo establecido en la presente Ley.
2. El artículo 4º de la Ley 26.928 establece una cobertura del ciento por ciento (100%) en la provisión de medicamentos, estudios diagnósticos y prácticas de atención de su estado de salud de todas aquellas patologías que estén directa o indirectamente relacionadas con el trasplante. ¿Se cumple con ese porcentaje de cobertura? ¿Qué procedimiento deben realizar estos pacientes para recibir los medicamentos?
3. Conforme a lo prescripto en el artículo 5º de la Ley 26.928 solicito se informe: ¿Se han realizado campañas para informar a las personas trasplantadas o en lista de espera de trasplantes acerca de la gratuidad de los pasajes terrestres o fluviales? ¿De qué manera acceden a ellos aquellas personas que viven en provincias que no poseen sede de la CNRT?
4. ¿Cuantás inscriptos en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante trasplantados o que se encuentren en lista de espera para trasplantes han recibido el acceso a una adecuada unidad habitacional, como se establece en el artículo 6° de la presente Ley?
5. ¿Se han coordinado planes y programas con instituciones, empresas privadas, organismos estatales o entidades intermedias para lograr la inserción laboral de las personas trasplantadas?
6. ¿Existe un informe anual sobre las asignaciones mensuales no contributivas equivalentes a la pensión por invalidez que recibieron aquellas personas comprendidas en el artículo 1° de la presente Ley en situación de desempleo forzoso?
7. Informe presupuesto destinado a campañas informativas sobre esta problemática, desde la implementación de la presente Ley.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En las últimas décadas el trasplante de órganos se ha consolidado como tratamiento médico para dar respuesta a determinadas patologías. El avance de la ciencia en este campo se ve reflejado en la cantidad de trasplantes que se realizan en el país, que permiten salvar y mejorar la calidad de vida de miles de personas.
Según estadísticas elaboradas por el INCUCAI En los primeros seis meses de 2017 se registró un aumento de 6,8% en el número de donantes respecto al mismo período de 2016. De la misma forma, la actividad de trasplante de órganos se incrementó un 12,33% en el primer semestre de 2017, en relación al mismo período del año anterior. En total se realizaron 692 trasplantes con órganos provenientes de donante fallecido versus 616 realizados en 2016. El incremento más importante se produjo en los trasplantes hepáticos (23,84%) y los renales (9,71%). También se concretó un incremento del 6,54% en relación con los trasplantes de córneas.
La Ley 26.928 creó un régimen de protección integral para las personas que hayan recibido un trasplante, inscriptos en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante o se encuentren en lista de espera para trasplantes del Sistema Nacional de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA) y con residencia permanente en el país, y si bien los avances que se experimentan en materia de trasplantes se deben a la confluencia de leyes que resultaron positivas, en esta Ley no se han reglamentado varios de sus artículos, por lo que la misma sufre desnaturalizaciones, interpretaciones casuísticas y no cuenta con procedimientos específicos para su aplicación.
Muchos de los reclamos provienen de la falta de ejecución de los beneficios que contempla esta Ley, como por ejemplo el acceso a una asignación equivalente a la pensión por invalidez para las personas trasplantadas en situación de desempleo forzoso, el uso gratuito de transporte público de pasajeros, la implementación de campañas encaminadas a presentar los
beneficios sociales que apareja la donación de órganos o el acceso a una vivienda adecuada a las exigencias que su condición de trasplantadas lo demande.
El licenciado Ricardo Adrián Arce, presidente de la Asociación de Deportistas Trasplantados de la República Argentina (ADETRA), manifestó: “Todavía tenemos muchas trabas. Desde el punto de vista de la disponibilidad de órganos, aun existiendo la ley, la donación es un tema que involucra facetas personales, sociales, religiosas y morales -entre otras- en las cuales una persona puede basarse para decir con todo el derecho ‘yo no dono mis órganos’. Otra arista es lo que tiene que ver con el apoyo no sólo financiero sino también desde el punto de vista de la comunicación, a las actividades deportivas que realizamos los trasplantados, o a las maratones, caminatas y demás eventos que puedan hacerse”
Por todo lo expuesto, solicito de mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
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