PROYECTO DE TP


Expediente 4292-D-2017
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA LA TRILOGIA TEATRAL "LAS POLACAS", REESTRENADA EL 8 DE AGOSTO DE 2017 EN LA CIUDAD DE ROSARIO, PROVINCIA DE SANTA FE.
Fecha: 10/08/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 101
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Declarar de interés de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación la trilogía teatral “Las Polacas”, reestrenada el 08 de agosto de 2017 en la sala de la Asociación Mutual Mercantil Argentina de la ciudad de Rosario, en función de su colaboración en la difusión de la temática de trata de personas y explotación sexual en la Argentina.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Este proyecto tiene el objetivo de reconocer el valor cultural y social de la trilogía teatral "Las Polacas", reestrenada recientemente bajo la dirección general de Damián Ciampechini, y basada en el libro homónimo escrito por la rosarina Patricia Suárez que versa sobre la problemática de la trata de personas y la explotación sexual en la Argentina de la década del ‘30.
El espectáculo es una trilogía porque consta de tres obras llamadas “Varsovia”, “Casamentera” y “Desván”, que busca dar cuenta del mercado montado en derredor de la trata y explotación sexual de mujeres europeas durante las primeras décadas del siglo XX en nuestro país. Narra con más de cincuenta actores y música en vivo esta temática a través de tres obras independientes y autónomas pero entrelazadas por la historia del personaje de Ada, una mujer de 18 años víctima de estos delitos. En la primera de ellas, “Casamentera”, se representa el engaño a partir del cual acepta migrar a Buenos Aires. En la segunda, “Varsovia”, se narra el viaje hacia Argentina. En este caso, la obra se destaca por su montaje, ya que se desarrolla a bordo del barco Ciudad de Rosario. La tercera y final obra, “Desván”, expone el destino final del personaje, que será un prostíbulo de Pichincha, ciudad de Rosario.
El espectáculo fue exhibido por primera vez en Rosario en 2007 y se sostuvo en cartel durante 3 meses consecutivos, con 3500 espectadores. Su reestreno fue el pasado 04 de agosto y será exhibido todos los viernes y sábados de agosto, septiembre y octubre del corriente año en los siguientes horarios y días:
 “Casamentera”: sábados 20 horas. Sala de la Asociación Mutual Mercantil Argentina.
 “Varsovia”: viernes 20 horas. Barco Ciudad de Rosario.
 “Desván”: sábados 21.30 horas. Sala de la Asociación Mutual Mercantil Argentina.
En 2008 fue exhibida nuevamente, introduciendo una innovación: se realizaron las tres obras en un mismo lugar, a distintas horas y en forma consecutiva siguiendo la cronología de la historia. Se sostuvo en cartel durante 3 meses. Finalmente, se despidió ese mismo año en Mar del Plata, donde fue la obra invitada a inaugurar el VII Festival Nacional de Teatro.
Asimismo, cabe destacar que la obra cuenta con el auspicio de Secretaría de Cultura de la Municipalidad de Rosario y del Instituto Nacional de Teatro. Fue declarado de Interés Municipal por el Honorable Consejo Deliberante de Rosario y de Interés Provincial por la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe.
Dejando a un lado el indudable valor cultural y artístico, la declaración de interés que se plantea en este proyecto tiene eje en la contribución que las obras en cuestión realizan a la difusión de dos temas tan centrales como invisibilizados en nuestro país: la trata y la explotación sexual de personas.
Como sabemos, la trata de personas se estructura como delito de mercado con una amplia rentabilidad no sólo en nuestro país sino en el mundo entero. Según una estimación realizada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 2005 alrededor de 2,4 millones de personas son víctimas de la trata en un momento dado y las ganancias que reporta ese delito ascienden a unos 32.000 millones de dólares por año.
¿De qué hablamos cuando discutimos acerca de trata de personas y explotación sexual? Podemos definir la trata de personas como el proceso por el que se recluta, traslada y explota o esclaviza a una persona. Su principal antecedente es la llamada “trata de blancas”. Este término se utilizó desde finales del siglo XIX para referir a las mujeres que desde Europa eran llevadas a Asia, América y África con el fin de explotarlas sexualmente.
No obstante, aunque trata y explotación están entrelazados, no son sinónimos. La principal diferencia es que la trata supone el traslado de la persona para su posterior explotación en algún sitio ajeno a su entorno. Esa explotación puede tener distintas modalidades, como los trabajos forzados, la esclavitud, la extracción de órganos, etc. Esto implica que puede haber explotación sin que haya trata de personas y, de forma inversa, puede haber trata sin que se haya consumado la explotación (siendo ésta su objetivo).
En nuestro país, la problemática comenzó a visibilizarse a partir del año 2003 o 2004, con la desaparición de María de los Ángeles Verón. Esto no fue producto de la voluntad política sino más bien gracias al trabajo de las organizaciones sociales. Hasta ese momento Argentina no contaba con una ley especial de trata de personas. Las herramientas legales para penar el delito apuntaban a la trata de blancas, la explotación de la prostitución ajena, la facilitación y promoción de la prostitución ajena, o la facilitación y promoción de la prostitución de menores. Recién en 2008 se sancionó la ley 26.364 que penalizó el delito de trata de personas. Entre sus puntos más virtuosos debemos destacar su reconocimiento de las víctimas de trata en su calidad de víctimas especiales y la inclusión de una cláusula de no punibilidad para contemplar los casos en los que las propias víctimas de trata hubieran cometido delitos como consecuencia directa de su situación. A pesar de este gran avance, pronto hubo un consenso en torno a la necesidad de modificarla.
En 2012, tras el enojo social que generó la absolución de todos los imputados en el juicio por la desaparición de Marita Verón, se modificaron algunos puntos como la controversial figura del “consentimiento”, eliminando la distinción entre víctimas mayores y menores de edad. No obstante, también generó una superposición entre explotación sexual y prostitución voluntaria que tuvo el resultado de establecer un régimen prohibicionista de hecho. En este punto, no cabe duda de que uno de los principales desafíos en materia de trata sexual ha sido concebir una definición de explotación sexual que no sea una mera reformulación de la prostitución forzada. De no hacerlo, estaríamos equiparando un fenómeno criminal (la explotación sexual) a un problema de otro orden (prostitución).
Considerando estos avances y deudas pendientes, es que a fines de 2016 presenté un proyecto (expediente 8720-D-2016) que modifica la ley 26.364 y el Código Penal con el objetivo de realizar una revisión seria de algunos puntos clave de la normativa vigente, en pos de avanzar hacia una política criminal inteligente y una política de asistencia integral eficaz.
En virtud de ese trabajo legislativo durante 2016 y 2017 es que tuve el privilegio de participar como disertante en el Parlamento Latinoamericano y Caribeño (PARLATINO) para exponer los aportes del bloque Partido Demócrata Progresista a la propuesta argentina para la Ley Modelo contra la Trata de Personas.
Resulta innegable que el arte cumple un rol fundamental en la difusión y el debate de problemáticas tan invisibilizadas como lo son la trata de personas y la explotación sexual. Por todas las razones expuestas, solicito a mis pares el acompañamiento del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
COPES, ANA ISABEL SANTA FE DEMOCRATA PROGRESISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)
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