Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...
MODIFICACIÓN A LA LEY 27.306 DE DIFICULTADES ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE SOBRE INCLUSIÓN DE LOS TRASTORNOS POR DÉFICIT ATENCIONAL
ARTÍCULO 1°. - Sustitúyese el Artículo 3° de la ley 27.306 por el siguiente:
"DEFINICIÓN
ARTÍCULO 3° — Se entiende por Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA) a las alteraciones de base neurobiológica, que afectan a los procesos cognitivos relacionados con el lenguaje, la lectura, la escritura y/o el cálculo matemático, con implicaciones significativas, leves, moderadas o graves en el ámbito escolar.
Quedan comprendidas las dificultades de aprendizaje originadas por los distintos trastornos del déficit atencional que afecten los procesos cognitivos de acceso al aprendizaje."
Artículo 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Proyecto
Señor presidente:
Proponemos este proyecto de modificación a la ley 27.306, de Dificultades Específicas de Aprendizaje (DEA) para que se considere la incorporación específica de los distintos trastornos del déficit atencional que afectan los procesos cognitivos de acceso al aprendizaje.
Los trastornos del déficit atencional (TDA) se describen como un conjunto de “desórdenes crónicos neurobiológicos que afectan la capacidad de la persona para focalizar y sostener la atención, y en algunos casos, el control de la impulsividad en el comportamiento. Esto se vincula con la activación, durante el estudio o aprendizaje, del lóbulo de la ínsula, que es el área de la corteza cerebral que se pone en marcha cuando la persona sufre" (Dr. Claudio Michanie).
La afectación que el déficit de atención con o sin hiperactividad ocasiona puede repercutir fuertemente en el aula y en las trayectorias escolares de muchos alumnos. Las claves para abordar esta problemática son la detección, el reconocimiento del problema por el sistema educativo y en el nivel sanitario, un buen diagnóstico y tratamiento.
En este sentido creemos que debe modificarse la ley 27.306 de Dificultades Específicas de Aprendizaje, incluyendo expresamente los trastornos del déficit de atención, siempre que afecten los procesos de aprendizaje. Para que esta consagración de derechos quede plasmada en la ley, proponemos modificar el artículo 3°, de modo que en la definición de dificultades específicas de aprendizaje queden comprendidos los casos de déficit de atención que actualmente no se consideran, siempre como un supuesto para brindar las herramientas que establece la ley a los alumnos que tengan estos trastornos, pero que a su vez teniéndolos, afecten su trayectoria escolar.
Recordemos que la ley 27.306 tiene establecidos las adecuaciones curriculares, el diagnóstico temprano, la capacitación de los docentes y la cobertura del sistema de salud.
Por otra parte, entendemos que esta modificación permite conferir más claridad a una ley que hace eje en la dislexia y que de esta manera, impide que su alcance sea unánimemente aceptado por todos los actores del sistema educativo para el caso de déficit atencional que queremos regular. Estas son las dificultades con las que se encuentran los padres en las escuelas, al momento de que el problema pedagógico de su hijo sea comprendido.
Esto porque, por una parte, el problema no es conocido por los docentes, directivos y el sistema educativo en general y por la otra no es reconocido como un problema, porque no siempre los alumnos que tengan déficit atencional deben tener necesariamente trastornos de aprendizaje. Previendo este supuesto, es que limitamos el alcance de las intervenciones a los casos en que estos trastornos solamente afecten los procesos cognitivos de acceso al aprendizaje. Resulta fundamental entonces el diagnóstico oportuno y certero, para los que ya la ley prevé y promueve su conocimiento, capacitación, difusión y aplicación.
Señor Presidente, el eje de este proyecto es la permanencia de los alumnos en la escuela, que no se encuentren con obstáculos que les impidan avanzar y que no se complique una situación deficitaria en lo pedagógico para que esa escolaridad se interrumpa o se demore en el tiempo, cuando existen las herramientas para que esto no ocurra.
Depende de todos los actores que podemos incidir en una política pública, hacernos cargo de solucionar una problemática que lleva al fracaso escolar a miles de alumnos, por lo que entendemos que modificando la ley 27.306 de Dificultades Específicas de Aprendizaje como proponemos en este proyecto y con el acompañamiento de nuestros colegas, se lograría.
Por los motivos expuestos, solicitamos a nuestros pares el acompañamiento en este proyecto de ley.
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