Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...
Modificación del artículo 7° inciso (a) del Capítulo III de la Ley 26.682 sobre Marco Regulatorio de Medicina Prepaga. Adecúese a la presente reforma las leyes 23.660 y 23.661 sobre Obras Sociales.
Artículo 1.- La presente norma será aplicable en todo el territorio de la República Argentina.
Artículo 2.- La presente norma es de orden público con efectividad retroactiva al 1ero de enero de 2016.
Artículo 3.- Modificase el Artículo 7 del Capítulo III de la ley 26682 que quedara redactado de la siguiente forma:
ARTÍCULO 7º — Obligación. Los sujetos comprendidos en el artículo 1º de la presente ley deben cubrir, como mínimo en sus planes de cobertura médico asistencial, el Programa Médico Obligatorio vigente según Resolución del Ministerio de Salud de la Nación y el Sistema de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad prevista en la ley 24.901 y sus modificatorias.
Los sujetos comprendidos en el artículo 1º de la presente ley sólo pueden ofrecer planes de coberturas parciales en:
a) Servicios odontológicos exclusivamente; inclusive los implantes dentales en su totalidad;
b) Servicios de emergencias médicas y traslados sanitarios de personas;
c) Aquellos que desarrollen su actividad en una única y determinada localidad, con un padrón de usuarios inferior a cinco mil.
La Autoridad de Aplicación podrá proponer nuevos planes de coberturas parciales a propuesta de la Comisión Permanente prevista en el artículo 6º de la presente ley.
Todos los planes de cobertura parcial deben adecuarse a lo establecido por la Autoridad de Aplicación.
En todos los planes de cobertura médicoasistencial y en los de cobertura parcial, la información a los usuarios debe explicitar fehacientemente las prestaciones que cubre y las que no están incluidas.
En todos los casos la prescripción de medicamentos debe realizarse conforme la ley 25.649.
Artículo 4.- Adecúese a la presente reforma las leyes 23.660 y 23.661 sobre obras sociales y Decretos 576/93, 865/00 y 486/02 Programa Médico Obligatorio.
Artículo 5.- La autoridad de Aplicación de la presente ley será el Ministerio de Salud de la Nación – La Superintendencia de Salud de la Nación.
Artículo 6.- Comuníquese a Poder Ejecutivo Nacional
FUNDAMENTOS
Proyecto
Señor presidente:
El presente proyecto de ley que traigo a consideración no hace más que poner en contexto legal una realidad que vive la sociedad beneficiaria de servicios de la salud de la República Argentina.
Hasta nuestros días los sistemas de seguros sociales obligatorios, como los seguros voluntarios privados de la República Argentina no cubren los implantes dentales en sus prestaciones básicas según la legislación vigente.
Una sonrisa es sinónimo de salud y de bienestar. Te da seguridad, proyecta confianza, juventud y vitalidad a todos los que la observan.
Los dientes son órganos vitales para desarrollar una vida normal. Su función principal es triturar los alimentos para favorecer una correcta digestión. Pero también desempeñan un papel social importante, son cruciales para la fonación, para una expresión armoniosa de la cara y para reírse. La pérdida de uno o más dientes significa un deterioro en la salud y el bienestar de la persona.
Todas las personas debemos ser capaces de masticar adecuadamente, de experimentar seguridad al sonreír y al relacionarnos con otras personas. Por estas razones los implantes dentales representan la solución ideal estética y funcional a largo plazo.
Implante dental
El implante dental, es un producto sanitario diseñado para sustituir un elemento dental ausente ya sea por haber sido extraído o que se esté por perder debido a gran destrucción de los tejidos duros del mismo. Está fabricado con materiales incompatibles que no producen reacción de rechazo y permiten su unión al hueso; el titanio es el material de elección para fabricación de los implantes dentales. El titanio es bien tolerado por el cuerpo, y la superficie forma una sólida unión con el hueso, lo que se conoce como óseo-integración.
La superficie del implante puede presentar diferentes texturas y recubrimientos, utilizadas habitualmente para aumentar su adhesión al hueso (osteointegración si es de titanio y biointegración si se trata de un implante de material cerámico).
Se han producido avances tecnológicos y biológicos muy importantes en la implantología dental, permitiendo que el número de pacientes tratados con este método sea cada vez mayor.
Los implantes dentales realizan la función de raíces artificiales para los dientes perdidos, proporcionando la base para el nuevo diente y se colocan previa con anestesia local, es un procedimiento ambulatorio.
Ventajas de los implantes dentales.
• Es la opción más conservadora, ya que la prótesis va unida al hueso, y no a otros dientes.
• Evita la pérdida ósea al conservar la función sobre el hueso, y evita el deterioro de los dientes adyacentes.
• Un tratamiento exitoso a nivel estético: Es muy importante un adecuado manejo de la encía y el hueso que rodean al implante. El procedimiento de colocación del implante puede parecer sencillo en manos de un cirujano experto, pero requiere de gran destreza y experiencia.
• La sensación masticatoria es similar a la de un diente natural. El 97% de los pacientes que se realizaron implantes dentales están satisfechos con los resultados.
• La duración de los implantes lo definen como la solución de mayor durabilidad con tasas superiores al 90% en períodos de 20-30 años.
• En casos de pérdida completa de todos los dientes, los implantes dentales proporcionan prótesis fijas o removibles que incrementan de forma espectacular la calidad de vida de los pacientes, y evitan el envejecimiento facial secundario que se produce como consecuencia de perder todos los dientes o de ser portador de una dentadura removible.
Tipos de implantes
Los implantes de mayor utilización se los puede clasificar en:
1. Endoóseos
Son los más utilizados por ser más simple la técnica quirúrgica y poder resolver el 95% de la falta de elementos dentarios.
Para que un hueso maxilar reciba estos tipos de implantes, se necesita realizar una cavidad a través de fresas y trefinas que utilizadas en micromotores a alta velocidad realizan la perforación cuyo alto y ancho es acorde al tamaño del implante dental
Los implantes endoódeos tienen diferentes formas para ser introducidos en la cavidad realizada en el hueso, en general tenemos los que tienen forma en cilíndricos o cónicos, cuya superficie presenta roscas que sirven para anclarse al hueso.
Implantes endoóseos menos utilizados, por su especificidad, son los denominados implantes por fricción, cuya característica que en su superficie no posee roscas, se encuentran bañados por una capade hidroxiapatita que genera un acople químico-mecánico con el hueso.
2. Implante pterigoideo
Son implantes de algo más de 15mm que se introducen en el maxilar, que transcurren por la tuberosidad posterior alveolar, hueso palatino y finalmente se anclan el al apófisis pterigoides del esfenoides. Son muy útiles en caso de rehabilitación en maxilares atróficos.
3. Cigomáticos
Son implantes autorroscantes de longitudes entre 30 a 52,5 mm y una cabeza angulada de 45º que se introducen en el hueso cigomático. Su porcentaje de éxito varía entre 80 y 95%. Son una alternativa a los injertos de hueso en maxilar atróficos.
Este tipo de implantes dentales están especialmente indicados para todas aquellas personas con falta de masa ósea en el maxilar, es decir, con un alto grado de atrofia ósea. La atrofia ósea se da cuando el hueso no dispone ni de la altura ni de la anchura necesaria como para apoyar los implantes dentales. La pérdida de hueso es muy común en personas que han usado prótesis dentales durante muchos años, provocando la atrofia ósea. Otro caso muy común de atrofia es la debida a la enfermedad periodontal severa. Con anterioridad a la aparición de los implantes cigomáticos la única solución viable era la realización de un injerto de hueso.
Se tratan de implantes más largos que los normales, de manera que estos se anclan a la parte interior del hueso cigomático o hueso de la mejilla. El hueso malar tolera las fuerzas de la masticación, cuando los implantes cigomáticos están conectados a una prótesis dental fija. Se trata por lo tanto de un hueso de buena calidad con un volumen suficiente en todos los pacientes.
Prótesis sobre el implante.
Las rehabilitaciones con implantes dentales se componen de dos elementos: el implante dentario (no visible, fijado al hueso) y la prótesis (parte visible que ejerce la función masticatoria).
Realizada la cirugía y colocado el implante, se debe esperar entre 4 a 6 meses para que exista una oseointegración adecuada que le permita al implante recibir los aditamentos protésicos que devolverán la estética y función dentaria perdida.
Los tipos de prótesis que pueden recibir los implantes de denominan prótesis fijas, cementadas u atornilladas y prótesis removibles. Estas últimas son indicadas para aquellas personas que no posean ningún elemento dentario en su boca.
Diferentes tipos de prótesis sobre implantes.
1. Implante dental único: Sustitución de un único diente.
2. Dos o más Implantes: Sustitución de varias piezas (puentes).
3. Varios Implantes en maxilar superior o inferior: Sustitución de todos los dientes mediante prótesis fijas atornilladas sobre implantes
4. Implantes para prótesis removibles: Sustitución de todos los dientes mediante Prótesis removibles implantoretenidas y mucosoportadas.
La mayoría de las obras sociales y prepagas no cubren la colocación de implantes, y si lo hacen es en un porcentaje mínimo. El avance de las practicas odontológicas y tecnologías no han sido seguidas por las cartillas de prestaciones tanto de prepagas como de obras sociales y nos vemos en la obligación de modificar la legislación a fin de cubrir prácticas que se han generalizado a lo largo del país en pos de obtener una mejoría en la salud dental de los pacientes.
Por todo ello, y por los argumentos esgrimidos ut supra, es que aconsejo a mis pares q acompañen el presente proyecto y al pleno la aprobación del mismo.
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