Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que, por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y la Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental (COPLA) y el Instituto Geográfico Nacional dependiente del Ministerio de Defensa, informe a esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación lo siguiente:
Primera: Si continúa estando pendiente de demarcación el límite entre la plataforma continental argentina y la uruguaya más allá de las doscientas millas contadas desde las líneas de base, tal como consta en las páginas 6 y 31 in fine del Resumen Ejecutivo de la Presentación Argentina ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental, con sede en Naciones Unidas en Nueva York, editado por la mencionada COPLA, 2da. edición de Junio de 2012.
Segunda: En caso de estar todavía pendiente la demarcación mencionada: Si ello constituye un obstáculo para que se establezcan como mapas oficiales de la República Argentina (sin perjuicio de los otros mapas que ya ostentan ese rango de mapas oficiales) a los insertados en el mencionado Resumen Ejecutivo en las páginas 17 y 24.
Tercera: Si existe algún otro argumento que impida o torne imprudente, por ahora, establecer como mapas oficiales de la República Argentina a los insertados en el mencionado Resumen Ejecutivo en las páginas 17 y 24.
Cuarta: Si el Instituto Geográfico Nacional (ex Instituto Geográfico Militar), dependiente del Ministerio de Defensa, a través de las leyes 22.963 y su modificatoria 24.943, tiene competencia para establecer como cartografía oficial a los mencionados mapas insertados en dicho Resumen Ejecutivo en las páginas 17 y 24 o si, por el contrario, en caso de no tener competencia o ser ambigua la redacción de las mencionadas normas, sea necesario modificar dichas leyes.
FUNDAMENTOS
Proyecto
Señor presidente:
La Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental (COPLA) ha realizado un trabajo científico inmenso e invalorable en defensa de los intereses argentinos, que le permitió, luego de muchísimos años de ingente trabajo, fijar el límite exterior de su plataforma continental cumpliendo con las normas vigentes y utilizando todos los recursos para que el trazado de ese límite sea el más beneficioso para el país, como consta textualmente en la Introducción al mencionado “Resumen Ejecutivo de la presentación argentina del límite exterior de la plataforma continental” ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental, con sede en Naciones Unidas en Nueva York.
Son 6.336 puntos de coordenadas geográficas en WGS84 que fijan el límite exterior de la plataforma continental en todo el territorio nacional: continental, islas del Atlántico sur y Antártida argentina, brindando certeza sobre la extensión geográfica y los límites de nuestros derechos de soberanía sobre los recursos del lecho y subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más allá del mar territorial.
La COPLA fue creada mediante la Ley 24.815 del año 1997 y ha desarrollado una magnífica y constante labor, continuada en el tiempo, en un claro ejemplo de los frutos que el cumplimiento de una política de Estado representan para el país.
Sin embargo al parecer está pendiente de demarcación el límite entre la plataforma continental argentina y la uruguaya más allá de las doscientas millas contadas desde las líneas de base y, en caso que el Poder Ejecutivo Nacional corrobore esta información, ello podría ser un obstáculo para avanzar en el establecimiento de cartografía oficial que represente el límite exterior de nuestra plataforma continental.
Es por ello que es fundamental para esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación conocer por parte del Poder Ejecutivo Nacional si ya está la República Argentina en condiciones de establecer como mapas oficiales a los mencionados ut supra en las preguntas al Poder Ejecutivo, en tanto y en cuanto un tema de tamaña importancia debe ser coordinado previamente con el Poder Ejecutivo antes de avanzar en la aprobación de la normativa necesaria a tal fin.
Más si se tiene en cuenta que las leyes 22.963 y su modificatoria 24.943, que regulan el accionar del Instituto Geográfico Nacional (ex Instituto Geográfico Militar), no son, meridianamente claras sobre si el Instituto Geográfico Nacional es competente para establecer como mapa oficial aquel en el que se representa cartográficamente el límite exterior de la plataforma continental argentina.
Además, el poder contar con mapas oficiales sobre este particular límite del lecho y subsuelo sobre el cual es soberano nuestro país, es muy importante para poder difundirlos en todos los ámbitos públicos y privados, especialmente nuestras escuelas y medios de comunicación, con el fin de crear conciencia marina sobre la importancia de nuestro mar y el valor de nuestro lecho y subsuelo que muchas veces se extiende más allá de las 200 millas contadas desde las líneas de base.
Resulta indispensable tratar de avanzar cuanto antes en el establecimiento por los órganos competentes de los mapas oficiales de los límites exteriores de la plataforma continental argentina, para poder ejercer plenamente los derechos de soberanía sobre los recursos naturales del lecho y subsuelo, más teniendo en cuenta que el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte está realizando ilegales exploraciones y/o explotaciones de recursos sobre nuestro lecho y subsuelo.
Y si no está totalmente claro cuál es el órgano que tiene las facultades para establecer la cartografía oficial del límite exterior de la plataforma continental, será preciso modificar la legislación vigente o dictar nuevas normas al respecto.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de Resolución.
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