PROYECTO DE TP


Expediente 6167-D-2017
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO - LEY 20744 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 64, SOBRE FACULTAD DE ORGANIZACION EMPRESARIA.
Fecha: 22/11/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 171
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º- Modificase el artículo 64 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 64. - Facultad de organización - El empleador tiene facultades suficientes para organizar económica y técnicamente la empresa, explotación o establecimiento, con la participación que las leyes asignen al personal o delegados de éste."
Artículo 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto reproduce el texto del proyecto de ley de mi autoría (Expte. 1126-D-12 y Expte. 1894-D-2014), y que caducara en virtud de lo dispuesto por la ley 13.640 y el Reglamento de la HCD.
A continuación se reproducen los fundamentos del proyecto de ley:
Dentro del amplio espectro del poder del empleador de organizar la empresa que éste dirige, la reforma propiciada busca incluir la participación de los trabajadores o los representantes gremiales en el establecimiento. Si bien no se modifica esencialmente el artículo, ya que se reconoce la amplia potestad en cabeza del empleador, se busca con cierta participación de los dependientes, consensuar cuestiones relativas a la forma de organizar técnica y económicamente a la empresa o establecimiento.
Por otro lado, cabe mencionar que la medida de la participación que se le reconoce a través del presente proyecto, será determinada por las normas que así lo regulen, teniendo la presente norma un carácter programático, pero indudablemente, creando una apertura a ulteriores desenvolvimientos y evolución del derecho del trabajo que contemple algún tipo de participación de los trabajadores en la dirección o gestión de la empresa, tendiendo día a día a lograr un mayor equilibrio entre las partes de la relación de trabajo, en resguardo de la parte más débil, con el fin de evitar excesos y abusos en el ejercicio de las facultades que las leyes le han asignado al que naturalmente detenta dichas facultades.
Por los motivos expuestos, solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RECALDE, HECTOR PEDRO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
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