Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo, que a través del órgano que corresponda, arbitre las medidas necesarias para iniciar y reforzar las campañas informativas de concientización y prevención respecto del fenómeno “Grooming”.
FUNDAMENTOS
Proyecto
Señor presidente:
Es preocupante la cantidad de casos con menores victimizados por adultos que los contactan en redes sociales. El grooming es una problemática invisibilizada en nuestro país, siete de cada 10 argentinos lo desconoce de acuerdo a un relevamiento, sólo el 28.4% de la población argentina sabe acerca de la problemática del grooming.
De acuerdo a un relevamiento de la consultora Management & Fit realizado a pedido de la ONG “Grooming Argentina”, con 2.000 casos a lo largo de todo el país, sólo el 28.4% de la población argentina sabe acerca de la problemática del grooming.
La palabra "grooming" es un vocablo de habla inglesa y se vincula al verbo "groom", que alude a conductas de "acercamiento o preparación para un fin determinado".
El grooming es el acoso sexual virtual a niños y adolescentes, consiste en acciones deliberadas por parte de un adulto de cara a establecer lazos de amistad con un niño con fines sexuales.
Se trata de una serie de conductas y acciones deliberadamente emprendidas por un adulto con el objetivo de ganarse la amistad virtual de un niño, creando una conexión emocional con el fin de disminuir las inhibiciones con el mismo. El adulto procede a elaborar lazos emocionales (de amistad) con un niño.
En algunos casos, a través de internet pueden simular ser otro niño o niña. Utiliza tácticas como la seducción, provocación y el envío de imágenes de contenido pornográfico logrando vulnerar la intimidad del chico, a cambio va obteniendo datos personales y de contacto. El adulto consigue finalmente que el niño se desnude o realice actos de naturaleza sexual.
Entonces se inicia el acoso, chantajeando a la víctima para obtener cada vez más material pornográfico o tener un encuentro físico con el niño para abusar sexualmente de él. En algunos casos, se puede buscar la introducción del chico al mundo de la prostitución infantil o la producción de material pornográfico. Por tanto está muy relacionado con la pederastía y en muchas ocasiones es la antesala de un abuso sexual en persona. El daño al niño tiene una dimensión inherentemente moral. El acto tiene que ver con la vulnerabilidad en los niños y sus derechos individuales. Es un proceso que comúnmente puede durar semanas o incluso meses, provocando daños en el aparato psíquico de la víctima.
La prevención es fundamental y esta tendencia en aumento se le puede atribuir a varios factores, el más importante de los cuales es la ausencia de la discusión pública y privada sobre cómo se utilizan las redes sociales. Esto se debe, en parte, a una distancia generacional.
Un relevamiento llevado a cabo por la ONG Alerta Vida, que se especializa en los casos de abusadores en un medio digital, se registraron en el país unas 120.000 cuentas en Facebook a través de los cuales estos sujetos se contactan con menores con fines de explotación sexual.
Los medios ocupan un rol fundamental que es el de visibilizar esta problemática, principalmente en lo referido al uso responsable de las tecnologías de información y comunicación (TICs) y a la concientización y prevención del fenómeno “Grooming”.
Por las razones expuestas solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto de resolución.
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