Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través de los organismos que correspondan, impulse a nivel nacional una campaña para el uso de la tarjeta de débito.
FUNDAMENTOS
Proyecto
Señor presidente:
La iniciativa que ponemos en consideración tiene por objetivo profundizar las acciones tendientes a incentivar el uso de la tarjeta de débito en la compra de bienes y servicios.
Señor Presidente, lo que pretendemos es impulsar una campaña de difusión donde se incluyan los beneficios del uso de la tarjeta de débito para todos aquellos que fueron beneficiados con la quita del IVA.
Asimismo incentivar a los comerciantes con el uso de los posnet, especialmente en aquellas zonas de nuestro país más alejados de los centros urbanos, en barrios de la periferia donde no se practica otra cosa que el manejo de efectivo generando cada vez más evasión y la quita de ingresos que son fundamentales para el estado.
La devolución del IVA en compras con tarjeta de débito ha sido una medida que permite la compra registrada de la mayoría de los productos y servicios que utilizan los usuarios en la Argentina. Esto no sólo ha permitido la registración de los intercambios comerciales y la bancarización de usuarios, sino que ha sido una medida acertada para combatir la evasión fiscal.
Los Decretos Nº 1.387, 1.402 y 1.548, de fechas 1, 4 y 29 de noviembre de 2001, respectivamente, y la Resolución General N° 1.166, de la AFIP permiten dicha operatoria vinculada a la retribución del impuesto al valor agregado por las compras con tarjeta de débito.
Señor Presidente en la Argentina los comercios estaban obligados a ofrecer como medio de pago a los consumidores el uso de tarjeta de débito no obstante, al ser una resolución de la Afip y a pesar de estar avalada por fallos judiciales, los propios comerciantes la cuestionaban pero ahora, por medio de la ley 27.253 que entró en vigencia el 13 de junio, esta obligación es indudable y se extiende a todos los pueblos de más de 1000 habitantes y para toda compra superior a diez pesos. Establece la devolución del IVA de alimentos a jubilados y beneficiarios de programas sociales y, a los fines de que esto se pueda hacer efectivo para todos los potenciales beneficiarios es que se fija la obligación de la universalización del cobro con tarjeta de débito.
Con relación a la devolución del IVA de productos alimenticios la ley fija como beneficiarios a los jubilados y pensionados que cobren la mínima y quienes perciban asignación universal por hijo, asignación por embarazo y pensiones no contributivas. Para todos ellos, por las compras que hagan exclusivamente con tarjetas de débito se les devolverá el IVA con un tope mensual de $ 300. Ello significa que si el gasto fuera tal que generara mayor devolución que esa cifra se les devolverá hasta esa suma.
Con respecto de la obligación de los comercios de cobrar con tarjeta de débito si bien los comercios ya estaban obligados a cobrar por estos medios la nueva ley les permite un plazo de 120 días para regularizar su situación durante los cuales no sufrirán sanciones pero pasado ese tiempo serán pasibles de multas y clausuras.
La misma norma establece además las acciones necesarias a fin de facilitar el acceso a las tecnologías que se requieran para cumplir con esta obligación y a la capacitación para su uso, pudiendo establecer incentivos y tomar medidas tendientes a morigerar los costos en los que se incurra a tal efecto.
Señor Presidente, es por ello, que continuando con la política del Gobierno Nacional, y en concordancia con la ley recientemente sancionada se promueva la utilización de la tarjeta de débito, sumado a los beneficios que la misma acarrea en la economía formal. Por lo expuesto solicito a mis pares el acompañamiento en este proyecto que someto a su consideración.
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