PROYECTO DE TP


Expediente 7388-D-2016
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA PROVISION DE COMBUSTIBLE A LAS EMPRESAS "AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA" Y "AUSTRAL LINEAS AEREAS CIELOS DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA", Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 20/10/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 152
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, y en particular al Jefe de Gabinete de Ministros Lic. Marcos Peña, en los términos del artículo 204 del Reglamento de H.C.D.N, para que informe por escrito a esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación sobre la provisión de combustible a “AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA” y “AUSTRAL LINEAS AEREAS CIELOS DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA”, respondiendo especialmente respecto de los siguientes puntos:
1. Gasto mensual de ambas sociedades aplicado exclusivamente a la provisión de combustibles, desde el 1 de enero de 2016 hasta la fecha, discriminando el combustible comprado para uso de aeronaves.
2. Listado de empresas que proveen combustible tanto a Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima como a Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur Sociedad Anónima,
3. Evolución mensual o trimestral de la provisión de combustible, en especial cuanto combustible se compró a cada empresa desde enero de 2016 a la fecha (total por empresa por mes y por litro).
4. Motivos del incumplimiento del Artículo 1° del Decreto 1189/12, respecto de la obligación de las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional de contratar con “YPF Sociedad Anónima” la provisión de combustible y lubricantes para la flota de automotores, embarcaciones y aeronaves.
5. Autorización de la Jefatura de Gabinete de Ministros, con los respectivos fundamentos, requerida por el Artículo 2° del Decreto 1189/12, para contratar la provisión de combustibles con otra empresa distinta a “YPF Sociedad Anónima”
6. Toda documentación relacionada con la respectiva licitación para la provisión de combustibles a ambas sociedades, si la hubiere. En la misma deberán detallarse los oferentes y el contenido de dichas ofertas.
7. Toda documentación y contrato que respalde dicha provisión de combustible, fecha, plazo de duración y monto total del mismo.
8. Criterio de selección de las empresas proveedoras de combustible, en especial de las empresas Shell y Axion Energy.
9. Evaluación y diferencia tarifaria entre YPF Sociedad Anónima y las restantes sociedades proveedoras de combustible que operan en el territorio Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


De acuerdo a lo establecido en el Artículo 1° del Decreto N° 1189/12 del 17 de Julio del 2012, firmado por la presidenta mandato cumplido Cristina Fernández de Kirchner, las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional comprendidas en el artículo 8°, inciso a), de la Ley Nº 24.156 deberán contratar con YPF Sociedad Anónima la provisión de combustible y lubricantes para la flota de automotores, embarcaciones y aeronaves oficiales.
Las jurisdicciones y entidades sólo podrán apartarse de dicha obligación, previa autorización de la Jefatura de Gabinete de Ministros, ante quien fundamentarán los motivos para requerir tal excepción.
Teniendo en cuenta que tanto “YPF Sociedad Anónima” como “Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima” y “Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur Sociedad Anónima” integran el Sector Público Nacional atento a lo establecido las leyes que prevén su expropiación, las contrataciones entre las mismas importan en principio un uso más eficiente de los recursos públicos y en consecuencia coadyuvan a lograr los objetivos de eficacia y economía en aras del bienestar general.
En los últimos meses, y en consonancia con muchas de las políticas del gobierno nacional desde el mes de diciembre a la fecha, ha trascendido –y lo confirmarían las fotos que se adjuntan en anexo- que otras empresas como Shell y Axion Energy proveen combustible a las aeronaves de nuestra línea de bandera, en claro incumplimiento de lo establecido en el decreto mencionado ut-supra.
Es por ello que resulta necesario conocer los motivos del incumplimiento de dicho decreto, en detrimento del beneficio económico de las empresas del sector público nacional y beneficiando a empresas de capitales extranjeros, afectando la soberanía nacional y las arcas del Tesoro.
Asimismo, los argentinos tenemos el derecho a conocer los acuerdos realizados entre nuestra línea de bandera y las otras empresas proveedoras de combustibles, como así también el tipo y la modalidad de dicha contratación, el precio por litro que se paga a las nuevas prestadoras y la comparación con lo ofrecido por YPF Sociedad Anónima.
Se solicita también el detalle de los gastos destinados a compra de combustibles por parte de ambas aerolíneas, en especial cuantos litros y el precio del mismo, y la evolución a lo largo de los meses desde diciembre hasta el día de la fecha con el respectivo porcentaje de cada empresa para el normal funcionamiento de la flota.
“Este acuerdo estratégico entre dos marcas muy significativas para los argentinos como YPF y Aerolíneas Argentinas, forma parte del plan comercial agresivo que nos hemos planteado”. Estas declaraciones realizadas por Diego García, Director Comercial de la aerolínea, no hacen referencia a acuerdos estratégicos entre ambas empresas, sino al canje de puntos de YPF por millas en Aerolíneas Argentinas, mientras los directivos de la aerolínea acuerdan negocios con Shell y Axion Energy competidoras de YPF.
Mención especial conlleva el acuerdo que se firmara con Shell, teniendo en cuenta que el actual Ministro de Energía de la Nación, Juan José Aranguren, era propietario de un porcentaje accionario de dicha compañía por un valor de $16 millones.
Por los motivos expuestos, solicito el acompañamiento de mis pares a fin de aprobar el presente proyecto de resolución y se suministre a esta Honorable Cámara la información requerida al Poder Ejecutivo.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GARCIA, MARIA TERESA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
LARROQUE, ANDRES CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
Logo de la Honorable Cámara de Diputados de la Nacion Argentina

Honorable Cámara de Diputados de la Nación Argentina | Congreso de la Nación Argentina
Av. Rivadavia 1864 - Ciudad Autónoma de Bs. As. (C.P.C1033AAV) | + 54 11 6075-0000
Nota: La información contenida en este sitio es de dominio público y puede ser utilizada libremente. Se solicita citar la fuente.