PROYECTO DE TP


Expediente 7589-D-2016
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR EL DICTADO DE LA RESOLUCION 56/2016 DEL "INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL - INPI -", EN LO RELACIONADO A LAS SOLICITUDES Y APROBACION DE PATENTES DE MEDICAMENTOS.
Fecha: 27/10/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 157
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Su preocupación por la resolución 56/2016 del Instituto Nacional de Propiedad Intelectual (INPI), de fecha 12 de septiembre pasado, que establece que se podrán considerar cumplidos los requisitos de patentabilidad y otorgar una patente, si una oficina extranjera concedió una patente equivalente, sin necesidad de que la oficina argentina haga su propio análisis de patentabilidad.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La resolución nro. 56/2016 del INPI flexibiliza el otorgamiento de patentes para la venta de medicamentos en el mercado local y transfiere esa ineludible responsabilidad a organismos de terceros países, cediendo soberanía sanitaria.
La norma justifica en sus fundamentos que no es necesario que la administración argentina realice su propio análisis, evitando así la duplicación de tareas.
Entendemos que la misma es inconstitucional ya que deslinda al organismo de sus responsabilidades primarias, mas allá de que sin duda favorece el avance en nuestro país de los monopolios extranjeros, lo cual se traducirá en un aumento de los precios de los medicamentos y tendrá un impacto regresivo sobre el empleo de la industria nacional.
Cabe recordar la redacción del art. 27 de la ley 24.481 que impone que, en todas las solicitudes de patente, el INPI realice su propio examen de fondo y vulnera el principio de independencia de las patentes del Convenio de París, un tratado internacional de la que la República Argentina forma parte desde 1966, por el cual nuestro país tiene independencia absoluta en cuanto a la concesión, denegación o caducidad de una patente.
La mencionada resolución otorga la posibilidad de introducir e importar patentes extranjeras sin el exhaustivo control interno, delegando y dando por válido lo actuado en otros países en lo referido a la búsqueda internacional de antecedentes y los exámenes realizados durante la tramitación de las patentes.
Por su parte, la Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Argentinos (CILFA), respondió que “la resolución permitirá que se abra la puerta a considerar las patentes que ya están dadas en otros países, sin que se realicen estudios de fondo aquí”.
Al mismo tiempo también se denuncia que la resolución modifica nuestro sistema actual de patentamiento para permear las próximas negociaciones con la Unión Europea y un nuevo Tratado de libre comercio.
Varias denuncias y presentaciones judiciales se han llevado adelante hasta la fecha, intentando revertir esta medida que perjudica nuestro sistema de salud y pone en riesgo la soberanía nacional en su conjunto.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares me acompañen me acompañen en esta iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GAILLARD, ANA CAROLINA ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FERREYRA, ARACELI CORRIENTES PERONISMO PARA LA VICTORIA
BARRETO, JORGE RUBEN ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CAROL, ANALUZ AILEN TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GALLARDO, MIRIAM GRACIELA TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SORAIRE, MIRTA ALICIA TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GOMEZ BULL, MAURICIO RICARDO SANTA CRUZ FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ALVAREZ RODRIGUEZ, MARIA CRISTINA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
LLANOS MASSA, ANA MARIA CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
RACH QUIROGA, ANALIA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
INDUSTRIA (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
16/11/2016 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1005/2016 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 6882-D-2016, 6997-D-2016 y 7589-D-2016 CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR 2 PROYECTOS DE RESOLUCION; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 30/11/2016
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