PROYECTO DE TP


Expediente 7662-D-2016
Sumario: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS - LEY 17622 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 5° E INCORPORACION DEL ARTICULO 5° BIS, SOBRE CREACION DEL AREA DE ESTADISTICAS Y ESTUDIOS DE GENERO.
Fecha: 31/10/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 159
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


CREACIÓN DEL ÁREA DE ESTADÍSTICAS Y ESTUDIOS DE GÉNERO EN EL ÁMBITO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
Artículo 1°.- Incorpórese un inciso o) al artículo 5º de la Ley 17.622, de creación del Instituto Nacional de Estadística y Censos, que quedará redactado de la siguiente manera:
“o) Promover la integración de la perspectiva de género de manera transversal en las actividades estadísticas oficiales, en la realización de los censos y en las publicaciones realizadas por el organismo”.
Artículo 2°.- Incorpórese un inciso p) al artículo 5º de la Ley 17.622, de creación del Instituto Nacional de Estadística y Censos, que quedará redactado de la siguiente manera:
“p) Disponer la creación en su ámbito de un Área de Estadísticas y Estudios de Género”.
Artículo 3°.- Incorpórese un artículo 5 bis a la Ley 17.622, de creación del Instituto Nacional de Estadística y Censos, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 5º bis – El Área de Estadísticas y Estudios de Género tendrá las siguientes funciones:
a) Promover la integración de la perspectiva de género en la producción estadística oficial, para la formulación, planificación, presupuestación, seguimiento y evaluación de las políticas públicas de género;
b) Generar estadísticas género-sensible, investigaciones y estudios sobre las características sociodemográficas de las mujeres y sus condiciones de vida, en particular acerca de su aporte a las cuentas nacionales, sobre el uso del tiempo y el trabajo no remunerado, y sobre discriminaciones y vulneraciones de derechos;
c) Articular acciones con organismos públicos, con organismos privados y con instituciones académicas, y promoverlas con organismos regionales e internacionales.
Artículo 4°.- Invítese a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a las disposiciones de la presente ley.
Artículo 5º- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La presente propuesta tiene como principal objetivo fortalecer la integración de la perspectiva de género en la producción estadística oficial. Para ello, proponemos la creación de un Área de Estadísticas y Estudios de Género en el ámbito del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), la que tendrá las funciones de:
− Promover la integración de la perspectiva de género en la producción estadística oficial, para la formulación, planificación, presupuestación, seguimiento y evaluación de las políticas públicas de género;
− Generar estadísticas género-sensible, investigaciones y estudios sobre las características sociodemográficas de las mujeres y sus condiciones de vida, en particular acerca de su aporte a las cuentas nacionales, sobre el uso del tiempo y el trabajo no remunerado, y sobre discriminaciones y vulneraciones de derechos; y
− Articular acciones con organismos públicos, con organismos privados y con instituciones académicas, y promoverlas con organismos regionales e internacionales.
Como complemento a esta medida, prevemos la incorporación de un inciso o) al artículo 5º de la Ley 17.622, de creación del Instituto Nacional de Estadística y Censos, a los fines de que se incluya entre las funciones del INDEC, la de “promover la integración de la perspectiva de género en las actividades estadísticas oficiales, en la realización de los censos y en las publicaciones realizadas por el organismo”, y un inciso p) en el cual se disponga la creación en su ámbito de la mencionada Área de Estadísticas y Estudios de Género.
Importante es señalar que en la IV Conferencia Mundial de la Mujer (Beijing, 1995), los Estados acordaron –al adoptar la Plataforma de Acción de Beijing-, definir como un objetivo estratégico promover la producción y difusión de datos e información destinados a la planificación y la evaluación desglosados por sexo. Para ello, se establecen medidas que deben adoptar los servicios de estadísticas (gubernamentales, nacionales, regionales e internacionales), tales como: “Tratar de velar por que se recojan, compilen, analicen y presenten por sexo y edad estadísticas sobre la persona que reflejen los problemas y cuestiones relativos al hombre y la mujer en la sociedad”; “Mejorar la obtención de datos sobre toda la contribución de la mujer y del hombre a la economía”; y “Desarrollar mejores datos desagregados por sexo y edad sobre las víctimas y los autores de todas las formas de violencia contra la mujer, como la violencia doméstica, el hostigamiento sexual, la violación, el incesto y el abuso sexual, y la trata de mujeres y niñas, así como sobre la violencia por parte de agentes del Estado”.
Asimismo, los gobiernos deben adoptar entre otras medidas, “Velar porque en cada país los productores y usuarios de las estadísticas revisen periódicamente la utilidad del sistema oficial de estadísticas y el grado en que mide las cuestiones de género, y elaborar un plan de las mejoras necesarias, cuando proceda”; así como también, “Utilizar, en la formulación de políticas y en la ejecución de programas y proyectos, datos que reflejen mejor las cuestiones de género”.
Los compromisos adoptados en la Plataforma de Acción de Beijing derivaron de acuerdos previos entre los Estados, que se materializaron en otros instrumentos internacionales. En el año 1989 el Comité de la CEDAW formuló la Recomendación General Nº 9 (“Estadísticas relativas a la condición de la mujer”), la cual considera que “la información estadística es absolutamente necesaria para comprender la situación real de la mujer en cada uno de los Estados Partes en la Convención” .
Debido a que los Estados Partes que someten sus informes al Comité para que los examine muchas veces no proporcionan estadísticas, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer recomendó a los Estados “que hagan todo lo posible para asegurar que sus servicios estadísticos nacionales encargados de planificar los censos nacionales y otras encuestas sociales y económicas formulen cuestionarios de manera que los datos puedan desglosarse por sexo (…) para que los usuarios puedan obtener fácilmente información sobre la situación de la mujer en el sector concreto en que estén interesados”.
Por otra parte, en otros instrumentos emitidos por el Comité de la CEDAW, se recomendó a los Estados que implementen medidas concretas referidas a las estadísticas de género en temas específicos como: la medición y cuantificación del trabajo doméstico no remunerado de la mujer y su reconocimiento en el producto nacional bruto (Recomendación General Nº 17); la violencia hacia las mujeres (Recomendación General Nº 19); la salud (Recomendación General Nº 24); la igualdad sustantiva y las medidas especiales de carácter temporal (Recomendación General Nº 25); y la migración (Recomendación General Nº 26).
A nivel regional, en el año 2006, la División de Asuntos de Género de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) creó el Grupo de Trabajo de Estadísticas de Género (GTEG) en oportunidad de realizarse la Conferencia de Estadística de las Américas. Desde entonces, estas instituciones han implementado acciones de asistencia técnica a los Estados de la Región para impulsar la generación, análisis y difusión de estadísticas para la planificación y la evaluación de políticas públicas en materia de igualdad entre hombres y mujeres, especialmente en áreas estratégicas tales como: la violencia contra las mujeres y las niñas; el uso del tiempo y el trabajo remunerado y no remunerado; la participación en la toma de decisiones; la educación y la salud, entre otras.
Los compromisos alcanzados para la incorporación de la perspectiva de género en la producción estadística en la región de América Latina y el Caribe, quedaron plasmados en el Programa de Acción Regional de Mar del Plata (1994), y en los distintos Consensos adoptados por las posteriores Conferencias Regionales sobre la Mujer de América Latina y el Caribe.
El Programa de Acción Regional de Mar del Plata estableció como requisito indispensable “obtener y construir estadísticas sobre aspectos fundamentales, a fin de tener una base para realizar estudios comparativos de hombres y mujeres; utilizar indicadores que permitan evaluar periódicamente como avanza o retrocede la situación de la mujer en los distintos campos de la actividad social y económica en los diversos países; llevar a cabo rápidamente investigaciones para comprender la interacción de los factores que influyen en la condición de la mujer, y buscar el apoyo de las universidades y centros de investigación en la realización de estas tareas y todas las que realicen con el fin de dar una imagen real de la mujer latinoamericana de hoy”.
Entre sus Acciones estratégicas, el Programa estableció la necesidad de: “Incrementar los esfuerzos para lograr que se generalice la desagregación por sexo en las estadísticas, así como para incluir en ellas indicadores de género y etnia, y favorecer la incorporación del análisis diferencial en función del género en los sistemas estadísticos, facilitando así la realización de diagnósticos más precisos sobre las necesidades de las mujeres y los hombres”.
A pesar de los compromisos asumidos por los Estados, los avances en el campo de las estadísticas oficiales aún son asimétricos e insuficientes. En Argentina, particularmente, no existen datos estadísticos ni estudios sistemáticos sobre la situación de las mujeres. Ello debilita la implementación de las políticas públicas y la realización de los análisis de impacto esenciales para conocer los efectos y las consecuencias de las acciones y programas encaminados a eliminar las desigualdades de género entre varones y mujeres.
Con la propuesta que ponemos a consideración, pretendemos dotar al Estado Nacional de una herramienta que facilite la labor de las personas con responsabilidades políticas al momento de adoptar decisiones, y de implementar políticas públicas que promuevan la igualdad de derechos y de oportunidades entre varones y mujeres.
Asimismo, buscamos generar un ámbito institucional desde el cual se contribuya a la producción estadística oficial con miras a lograr el cumplimiento de los compromisos y consensos internacionales que nuestro país ha suscripto, y que brevemente detallamos en estos fundamentos.
A su vez, la promoción y difusión de datos con perspectiva de género permitirá a la sociedad civil contar con herramientas de difusión accesibles, permitiendo la democratización en el acceso a la información sobre la situación de varones y mujeres en nuestro país, a la vez que permitirá nuevas demandas y aportes de la sociedad civil a la implementación de políticas públicas.
Por los motivos expuestos, solicito a mis pares me acompañen en el tratamiento y aprobación de la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GUERIN, MARIA ISABEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
15/11/2016 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
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