PROYECTO DE TP


Expediente 7832-D-2016
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA INCERTIDUMBRE LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE LA COOPERATIVA "LA CASONA", UBICADA EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 04/11/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 163
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


EXPRESAR PREOCUPACION POR LA INCERTIDUMBRE LABORAL QUE SOBRELLEVAN LOS TRABAJADORES DE LA COOPERATIVA “LA CASONA”, DE AVENIDA CORRIENTES Y MAIPÚ, EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Es preocupante la situación que deben afrontar los trabajadores del restaurante recuperado “La Casona”. Sufren en este momento una amenaza de desalojo por la negativa de la propietaria del inmueble de seguir alquilándoles el local, que ellos puntualmente mes a mes abonaron desde el inicio de la cooperativa.
La historia de la Cooperativa de Trabajo “La Casona Cooperativa” Ltda. Comienza con la preocupación de varios trabajadores de la pizzería “La Casona” que era de propiedad de la empresa New North S.A., ante varias conductas de su empleadora que les hicieron notar que peligraban sus puestos de trabajo. ; despido de los trabajadores más antiguos por causas inventadas; más del 80% del personal estaba mal registrado o completamente en negro; retraso en el pago de haberes; falta de insumos para elaborar comidas, etc.-
Hacia julio de 2014 se decide realizar una protesta en el lugar de trabajo. Luego de dos días de negociación, la empleadora de los trabajadores (New North S.A.) abandonó la explotación comercial y dejó a los trabajadores la gestión del local comercial.-
En Julio del 2014 se declara la quiebra de la empresa New North S.A., razón por la cual los trabajadores hacen saber de la ocupación del local comercial y del inicio de la gestión del mismo por los trabajadores de la quebrada.-
El administrador/representante/cobrador (en la IGJ figura como Síndico Suplente) de Mercedes S.C.A. se presentó en el local en Agosto del 2014 y les dijo que New North S.A. les debía el mes de julio y que si la cooperativa pagaba ese mes sería de suma importancia para sus representados a los fines de realizar un contrato a nombre de la cooperativa “al finalizar el contrato con New North”. De esa manera, es que decidieron los trabajadores afrontar ese gasto que no les correspondía a los fines de demostrar buena voluntad de negociar un contrato propio y exigiendo como condición que se les entregara factura de los pagos. Así fue como inició la relación entre Mercedes S.C.A. y la Cooperativa de Trabajo “La Casona Cooperativa” Ltda.; con total consentimiento de parte de la propietaria de la presencia en su inmueble de los trabajadores.
Durante los meses venideros, el administrador se presentó puntualmente entre el 01 y el 05 de cada mes a cobrar el alquiler bajo entrega de la factura correspondiente. En todas esas ocasiones los trabajadores le manifestaron la necesidad de contar con contrato propio puesto que no les agradaba la idea de alquilar en la informalidad y le dijeron que debían regularizar la situación del alquiler puesto que New North S.A. estaba en quiebra desde el 04/07/2014. Se les aseguraba a cambio que sus representados iban a firmar contrato con la cooperativa en diciembre.
Al sexto mes de cooperativa, el representante de la propietaria Mercedes S.C.A, que cambió hoy su razón social a Corrientes 680 SA, quiso cobrar sin la factura correspondiente, razón por la cual los trabajadores se negaron a realizar el pago del alquiler si no les dejaba un comprobante de tal acción. Desde entonces los trabajadores intentaron telefónicamente explicar que necesitaban comprobantes de los pagos que realizan para estar de acuerdo con lo que indica la ley, no teniendo más noticias de Mercedes S.C.A. hasta el abril del 2015 en la cual llegó una notificación de un expte. judicial que tramitaba en el Juzgado Civil Nº 73 (Inmigrantes) en donde Mercedes S.C.A. estaba instando el desalojo de los trabajadores. Entre otros datos que evidencian la mala fe de Mercedes S.C.A. el mencionado expte. se había iniciado en fecha 03/09/2014 (“Mercedes S.C.A. c/ New North S.A. s/homologación” expte. Nº 056241/2014, Juzgado Civil Nº 73). Es decir que mientras les cobraba los alquileres, a la vez le iniciaba el desalojo.
Pudieron desactivar ese desalojo, declarándose incompetente la magistrada actuante y mandando las actuaciones a la justicia comercial donde tramitaba la quiebra de New North S.A.-
Frente al revés judicial en sede civil, Mercedes SCA inició un incidente de restitución de inmueble en el expte. de la quiebra de New North SA. En sus presentaciones esgrimió los mismos argumentos que en sede civil: que los trabajadores usurparon su propiedad y que nunca consintieron la entrada de los trabajadores al inmueble. Sin embargo nunca cuestionó la legalidad de las facturas emitidas por el pago del alquiler realizado por la cooperativa.-
A lo largo de la tramitación los trabajadores hicieron numerosas presentaciones evidenciando el fraude intentado por Mercedes SCA. Todos los planteos de los trabajadores fueron sistemáticamente rechazados por el magistrado actuante (Dr. Sebastián Sanchez Cannavò, subrogante del Juzgado Comercial 16 Sec. 31).-
Luego de una audiencia conciliatoria infructuosa, el Dr. Sanchez Cannavò decidió el desalojo de los trabajadores de “La Casona Cooperativa”. Dicha resolución fue apelada y actualmente se encuentra en Cámara de Apelaciones.
El Código Civil establece que cuando hay un contrato de locación, el juez debe establecer plazo mínimo. Si se aplica el Código viejo es de 3 años. Si se aplica el nuevo son dos años.
Señor presidente, estos trabajadores cuentan con una cooperativa sustentable. Contando con 50 fuentes de trabajo. Su único objetivo es poder seguir adelante con el establecimiento haciéndolo crecer con sus propios medios. No quieren ningún regalo. No cuestionan la propiedad del inmueble. Ellos quieren pagar. Pero de absoluta mala fe iniciaron un desalojo sin fundamento legal ni en la realidad
Por los motivos expuestos, solicito a las Diputadas y los Diputados, me acompañen en el presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MASIN, MARIA LUCILA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENDOZA, SANDRA MARCELA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ESTEVEZ, GABRIELA BEATRIZ CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
LARROQUE, ANDRES CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CABANDIE, JUAN CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
HUSS, JUAN MANUEL ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GONZALEZ, JOSEFINA VICTORIA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
LLANOS MASSA, ANA MARIA CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
KICILLOF, AXEL CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
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