PROYECTO DE TP


Expediente 7928-D-2016
Sumario: IMPUESTO A LAS GANANCIAS - LEY 20628 TO 1997 Y MODIFICATORIAS -. MODIFICACION DEL ARTICULO 25, SOBRE ACTUALIZACION DE ESCALAS.
Fecha: 09/11/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 166
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°: Modificase el artículo 25 de la Ley N° 20.628 de Impuesto a las Ganancias (t.o. 1997 y modificatorias) el que quedara redactado de la siguiente manera:
“Art. 25 - Los importes a que se refieren los artículos 22, y 81 inc b, y los tramos de la escala prevista en el artículo 90, serán actualizados anualmente por la Administración Federal de Ingresos Públicos conforme al Coeficiente de Variación Salarial (CVS) elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.
El coeficiente de actualización a aplicar se calculará teniendo en cuenta la variación salarial del respectivo índice correspondiente al año fiscal inmediato anterior.
Los importes a que se refiere el artículo 23 serán actualizados considerando el coeficiente de variación salarial, sobre la base del promedio anual del año fiscal anterior, de acuerdo con la variación promedio ocurrida.
Cuando la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA establezca retenciones del gravamen sobre las ganancias comprendidas en los incisos a), b), c) y e) del artículo 79, deberá efectuar, con carácter provisorio, las actualizaciones de los importes mensuales de acuerdo con el procedimiento que en cada caso dispone el presente artículo. No obstante, los agentes de retención podrán optar por practicar los ajustes correspondientes en forma trimestral.”
Artículo 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La presente iniciativa tiene por finalidad actualizar anualmente las escalas del impuesto a las ganancias.
El impuesto que hoy nos convoca ha tenido históricamente una impronta altamente progresiva y luego de la instauración de los pactos fiscales, al ser destinado una parte importante de la recaudación del mismo al organismo previsional nacional, ha adquirido una impronta redistribucionista. No obstante ello las distorsiones provocada por la inflación, sumado a la desactualización de los montos, provocan un achatamiento en la pirámide de sujetos comprendidos por el impuesto, resultando de ello que un gran porcentaje de trabajadores recaiga en las escalas más altas del impuesto.
La fórmula que opta la presente iniciativa a fin de actualizar los montos del impuesto, es el Coeficiente de Variación Salarial (CVS), atento evitar que las escalas desactualizadas del impuesto absorban gran parte de los beneficios de los procesos paritarios que se dan en nuestro país.
Hay que tener en cuenta que entre otras aplicaciones, el Índice de salarios se utiliza en la fórmula de cálculo de la movilidad de las prestaciones del régimen previsional público previsto en la ley 26.417; y el Coeficiente de Variación Salarial (CVS) fue utilizado hasta el 31 de marzo de 2004 para la actualización del valor de los contratos en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 762/02 del Poder Ejecutivo Nacional. Actualmente continúa publicándose para permitir la actualización de los valores de los contratos en los cuales las partes decidieron utilizar el coeficiente a ese efecto. Y el Banco Nación para su línea de créditos hipotecarios, vigente en ese momento, utiliza dicho coeficiente a fin de poner un tope ante subas de la cuota, al establecer que los eventuales incrementos de la cuota no podrán superar en porcentaje al “porcentaje de incremento de variación salarial (CVS)”.
Es teniendo en cuenta que el índice adoptado respeta la voluntad de la masa trabajadora al negociar en paritarias su incremento salarial, es que se decide utilizar la misma a fin de que un impuesto como ganancias sea actualizado y la cuarta categoría no vea menguado los aumentos salariales logrados con el impuesto.
Es por los motivos expuestos que solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ISA, EVITA NELIDA SALTA JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
29/11/2016 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
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