Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Expresar beneplácito por la sanción de la ordenanza 0192/2016 de la localidad de San José de la Dormida, provincia de Córdoba, que regula la instalación de antenas de radiofrecuencia.
FUNDAMENTOS
Proyecto
Señor presidente:
Las radiofrecuencias están reconocidas como cancerígenas por parte de la Agencia Internacional para la investigación del Cáncer (IARC) organismo dependiente de la Organización Mundial de la Salud (OMS) que a través de diversos estudios realizados con niveles de densidad de potencia, mayores, iguales y menores a los aún permitidos en Argentina, existen de fallos judiciales que han hecho retirar antenas aplicando el principio precautorio.
Atento al poder de Policía que ha sido delegado a los municipios por el Gobierno Provincial (Art. 185 de la Constitución de la Provincia de Córdoba), es que el consejo deliberante de la localidad de San José de la Dormida dicta la ordenanza 0192 /2016 que regula la instalación de antenas de radiofrecuencia en el municipio, siguiendo los presupuestos mínimos que la Nación que no impiden a los gobiernos locales implementar límites más restrictivos. Existen numerosos países y ciudades del mundo que han adoptado límites de densidad de potencia entre 100 y 1000 veces más restrictivos que el de Argentina y que por ello no han perdido eficiencia en el servicio.
La localidad cordobesa en su ordenanza tuvo en cuenta que es función del estado, en todos sus niveles, atender las materias de salud, protección del medio ambiente, paisaje, equilibrio ecológico y polución ambiental.
Resulta imperioso que el estado ponga freno a la instalación de antenas que son de sumo peligro para la población, es por ello que el control estatal que instaura la ordenanza citada es destacable ya que atiende al interés de la salud en su conjunto.
Es por ello que solicito a mis pares me acompañen en la sanción de la presente declaración.
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