PROYECTO DE TP


Expediente 8054-D-2016
Sumario: EXPRESA REPUDIO POR LOS HECHOS DE VIOLENCIA FISICA Y VERBAL CONTRA EL PERIODISTA NICOLAS WIÑAZKI, EL CAMAROGRAFO JUAN PABLO CHAVEZ, EL PRODUCTOR MANUEL JOVES Y EL SONIDISTA LEANDRO GIACONI, OCURRIDOS EL 11 DE NOVIEMBRE DE 2016 EN LA PLATA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 15/11/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 169
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Expresar repudio por los episodios de violencia física y verbal sufridos por el periodista Nicolás Wiñazki, el camarógrafo Juan Pablo Chávez, el productor Manuel Joves y el sonidista Leandro Giaconi, perpetrados el pasado 11 de noviembre en el intento de realizar una nota periodística en la Ciudad de La Plata.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El pasado 11 de noviembre de 2016 cerca de las 17:30 horas, el periodista Nicolás Wiñazki, junto con el camarógrafo Juan Pablo Chávez, el productor Manuel Joves y el sonidista Leandro Giaconi fueron agredidos física y verbalmente por un hombre, de entre 25 y 30 años de edad, en la calle 45 al 400 de la ciudad de La Plata. Al momento en que los hechos ocurrieron, el equipo encabezado por Wiñazki, se encontraba trabajando para Todo Noticias (TN) y pare el programa informativo “Telenoche” emitido por Canal 13.
El acontecimiento tuvo lugar cuando el equipo periodístico arribo al lugar para trabajar en una nota informativa sobre Ofelia Wilhem de Fernandez, la madre de la ex- presidenta, Cristina Fernandez de Kirchner. Hasta el momento se desconoce si el agresor tenía conocimiento de la temática en la que los comunicadores se encontraban trabajando.
El episodio no sólo afecto la posibilidad de los periodistas de realizar su labor de manera pacífica, sino que generó en varios de los miembros del equipo, lesiones leves. Por su parte, Nicolás Wiñazki fue golpeado en su rostro, siendo herido cerca de su ojo izquierdo. En el caso del productor Manuel Joves, fue agredido de forma tal que sufrió raspones y cortes en la zona del cuello, en tanto que el camarógrafo Juan Pablo Chávez y el sonidista Leandro Giaconi sufrieron heridas leves a raíz de los golpes.
El agresor luego de los sucesos violentos se retiro del lugar, al partir continuó gritando e insultando a los comunicadores. Hasta el momento la persona responsable de este hecho no ha sido identificada por las autoridades que se encuentran investigando el caso.
En los días posteriores a las agresiones trascendieron imágenes y videos que dan cuenta de la grave situación sufrida por el equipo periodístico. Estas manifestaciones son un reflejo de la violencia física y verbal ejercida en contra de los comunicadores sociales, quienes se encontraban intentando obtener información de interés público, obstruyendo de esta forma la posibilidad de ejercer la libertad de expresión.
Es fundamental tener en consideración que desde el año 1994, con la reforma constitucional, la Convención Americana Sobre Derechos Humanos (CADH) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCYP), gozan de jerarquía constitucional. Ambos instrumentos consagran la libertad de expresión en sus artículos 13 y 19, respectivamente.
La situación repudiada a través de la presente iniciativa, puso en riesgo las dos dimensiones de la libertad de expresión, que han sido explicadas por la Corte Interamericana de derechos humanos (Corte IDH) a lo largo de su jurisprudencia. Estas engloban por un lado el derecho individual a no ser arbitrariamente impedido de manifestar su pensamiento, como el derecho de la sociedad de recibir informaciones de interés público.
En el año 2006, los relatores para la libertad de expresión de la Organización de Naciones Unidas (ONU), la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) y la Organización de los Estados Americanos, a través de una declaración conjunta destacaron las consecuencias producidas por los ataques contra comunicadores sociales, entendiendo que estos “limitan la libertad de expresión no sólo de los periodistas sino de todos los ciudadanos, porque producen un efecto amedrentador sobre el libre flujo de información.”.
Es preciso tener en cuenta que existe una obligación por parte del Estado de garantizar las condiciones para el ejercicio de la libertad de expresión, esto implica que los particulares no limiten ilegítimamente la libertad de expresión de otras personas. La Corte Interamericana de derechos humanos ha considerado que una de las actitudes apropiadas por parte de las autoridades públicas frente a los actos de agresión contra periodistas es la manifestación pública de reprobación de tales hechos.
Por los motivos anteriores, solicitamos a nuestros pares que se apruebe el presente proyecto de declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BANFI, KARINA BUENOS AIRES UCR
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
ECHEGARAY, ALEJANDRO CARLOS AUGUSTO BUENOS AIRES UCR
BURGOS, MARIA GABRIELA JUJUY UCR
PATIÑO, JOSE LUIS CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
BESADA, ALICIA IRMA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
HUCZAK, STELLA MARIS MENDOZA UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)
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