Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1º - Dispóngase a favor del Superior Gobierno de Entre Ríos la transferencia del dominio de la fracción de terreno de 19 hectáreas 9 áreas y 39 centiáreas ubicada en el Departamento de Federación en la Provincia de Entre Ríos, inscripto bajo el Registro Público de Inmuebles de Chajarí (Matrícula Nº 629, Sección Federación Rural) donde actualmente funciona la Escuela Nº 52 “Benjamín Franklin” y el “Centro Integral, Educativo y Recreativo Ecológico para Niños con capacidades Diferentes”.
ARTICULO 2° - Dispóngase a favor del Superior Gobierno de Entre Ríos la transferencia del dominio de la fracción de terreno ubicada en el Departamento Concordia en la Provincia de Entre Ríos, constante de una superficie de 250 hectáreas con plano registrado en la Dirección General de Catastro de Entre Ríos bajo el Nº 9517 e inscripto su dominio en el Registro de la Propiedad de Concordia, Libro 36, Folio 1307, Nº 313, finca Nº 10.262-8.593; inscripta a nombre del Estado Nacional Argentino por expropiación de fecha 30 de mayo de 1979, donde se han construido las Termas del Ayuí, Termas de Punta Viracho, Parque Acuático “Salto Grande” además de realización de importantes obras de infraestructura recreativa y turística.
ARTICULO 3° - El Poder Ejecutivo Nacional adoptará las medidas pertinentes a efectos de cumplir las respectivas transferencias de dominio establecidas en artículos anteriores, en un término de 60 (sesenta) días desde la entrada en vigencia de la presente ley.
ARTICULO 4° - Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Proyecto
Señor presidente:
El primer inmueble indicado en el artículo 1º del presente proyecto de ley se encuentra ubicado en la localidad de Federación (Entre Ríos) donde se construyó la Escuela Nº 52 “Benjamín Franklin” y el “Centro Integral Educativo y Recreativo Ecológico para Niños con Capacidades Diferentes”. Años anteriores desde la Delegación Argentina ante la Comisión Técnica Mixta Salto Grande se gestionó con el Estado Nacional Argentino el dictado de una ley nacional de donación del inmueble a la Provincia de Entre Ríos.
En relación al inmueble ubicado en la zona rural de Concordia (Entre Ríos), conocido como “Perilago de Salto Grande”, el convenio de comodato en su artículo 13 establece el compromiso de la provincia de Entre Ríos de “gestionar ante las autoridades nacionales la cesión definitiva sobre los predios objeto del presente Convenio a su favor…”. Y finaliza diciendo: “Para el supuesto que el Poder Ejecutivo Nacional no incluyera dentro de los alcances de la norma de mención los bienes objeto de la presente, LA PROVINCIA se compromete a presentar un proyecto de ley para el logro del mismo cometido”.
El Superior Gobierno de Entre Ríos realizó la construcción de importantes obras de infraestructuras de servicios: sanitarios, drugstore, siete piletas termales en Termas del Ayuí y dos en Termas de Punta Viracho así como la iluminación, realización de caminos internos, veredas y el reforzamiento del abastecimiento de energía eléctrica a través de una línea desde la misma Central hidroeléctrica hasta ambos complejos.
También el Estado de la Provincia construyó el “Parque Acuático Salto Grande” con importantes servicios recreativos entre cuales se encuentran un río lento, varias piscinas y toboganes de gran altura; siendo el primer parque construido en la región que funciona con agua termal y que mediante un sistema de regeneración del agua se la ioniza y vuelve a inyectar al sistema, permitiendo un mejor aprovechamiento del recurso.
Todos estos emprendimientos contaron previamente con estudios de impacto ambiental que arrojaron resultados favorables ya que el agua termal extraída del Acuífero Guaraní es dulce, y no impacta negativamente en el medio ambiente.
Numerosas obras de iluminación de playas y caminos así como de los complejos termales fueron realizados por el Superior Gobierno de Entre Ríos, desde donde asimismo se realizaron obras de acceso a Punta Viracho, Playa Sol y Punta Casa de Piedra. Y en la Península Soler, las playas “Palmeritas”, “Los Médicos”, “Perdices” y el denominado “Cerro de Península” se instalaron transformadores de potencia, cableado y columnas con iluminarias de vapor de mercurio. Además de construirse y ponerse en funcionamiento la Comisaría Turística 9ª “Salto Grande”, que cuenta con una novedosa edificación de madera con caballeriza para equinos.
En ambos casos la voluntad expresa escrita y convenida entre las partes ha sido de ceder los inmuebles “en forma gratuita” y definitiva a favor del Superior Gobierno de Entre Ríos, razón por lo cual se ha referenciado el convenio de comodato en el Decreto Nº 1614/93 que en su artículo 1º facultó a la Delegación Argentina ante la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande a disponer de los inmuebles que fueran expropiados por las leyes nacionales Nº 19.210, Nº 20.139 y Nº 21.125.
El Decreto Nº 1614/93 que faculta a la Delegación Argentina ante la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande a disponer bienes inmuebles expropiados en su artículo 2 asimismo facultó a que “en forma directa a través del Organismo Binacional, COMISION TECNICA MIXTA DE SALTO GRANDE, a…realizar cualquier acto de disposición, excepto la enajenación con las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que estime convenientes”.
Es por estos motivos que solicito a esta Honorable Cámara el tratamiento y posterior aprobación del presente proyecto de ley.-
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