Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º.- Se crea el régimen de créditos bancarios específicos para productores vitivinícolas de hasta diez (10) hectáreas, el que estará regido, por tasa cero (0), plazos preferenciales y montos, según establezca la reglamentación de la presente ley.
Artículo 2°.- Los créditos bancarios para productores vitivinícolas de hasta diez (10) hectáreas son otorgados con la finalidad de financiar:
a) la incorporación de sistemas de riego que optimicen el uso del agua;
b) la puesta en funcionamiento de los denominados pozos comuneros. Se entiende por pozo comunero a toda perforación que abastezca a más de una finca.
Artículo 3º.- El Banco Central de la República Argentina, a través de las entidades bancarias oficiales, instrumentará y facilitará el otorgamiento de los créditos establecidos en el Art. 2° de la presente ley.
Artículo 4º.-Los montos de los créditos bancarios del régimen creado por el Art. 1°, serán susceptibles de ser cancelados parcial o totalmente sin costo alguno para el productor vitivinícola.
Artículo 5º.-El reintegro de la suma recibida por el deudor del préstamo, se hará a partir de los doce (12) meses de otorgado el crédito bancario, dándole este plazo de gracia para el inicio de la devolución del mismo.
Artículo 6º.- La presente ley deberá ser reglamentada dentro de los noventa (90) días a contar a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 7°.- Se comunica al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Proyecto
Señor presidente:
La presente iniciativa, fue presentado en el año 2012 (7227-D-2012), ante la coyuntura de una crisis hídrica que se dio debido a la escases de nieve en la cordillera, con lo cual el derrame anual fue inferior al demandado.
Por esta situación fue necesario utilizar otros medios de riego alternativos al tradicional sistema de canales y acequias que aprovecha el agua de deshielo del Rio San Juan y otros cursos de agua.
En San Juan existen 7950 perforaciones públicas y 239 privadas. Hasta el año 2000 funcionaban unos 2500 pozos; la disminución se debe a que un gran número que ha sido abandonado y prácticamente están perdidos. Recordemos que la vida útil de una perforación se estima en unos 30 a 35 años.
Insisto con este proyecto con la firme creencia de que la reconversión hídrica es necesaria más allá de las eventualidades climáticas de cada año.
Para ello es necesario crear un régimen de créditos bancarios específicos para productores vitivinícolas de hasta 10 hectáreas, con tasa 0, y plazos preferenciales, con el objetivo de dotar a los pequeños productores de un instrumento para afrontar las constantes crisis hídrica por la que atraviesa mi provincia y la región en general.
La finalidad de estos créditos consiste en la incorporación sistemas de riego que optimicen el uso del agua y la puesta en funcionamiento de los pozos comuneros que son perforaciones destinadas a abastecer a más de una finca.
A nadie escapa la importancia que tiene el uso racional del agua en la actualidad, fundamentalmente en nuestros sistemas de riego en virtud, que los mismos utilizan grandes cantidades de este recurso para funcionar.
Seguramente este bien natural incrementará su importancia en las futuras generaciones a juzgar por su creciente escasez.
En el entendimiento que el instrumento financiero que se crea en el presente proyecto, contribuirá tanto a la modernización de los sistemas de riego existentes, como a la utilización más racional de un recurso tan importante como es el agua, es que solicitamos la aprobación del mismo.
Proyecto