Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...
RUTAS NACIONALES: ANCHO DE CARRILES Y BANQUINAS
Artículo 1.- Los carriles de las rutas nacionales que se construyan, reformulen o reparen desde la sanción de la presente ley, deberán ser de un ancho de 3,75 metros (tres metros con setenta y cinco centímetros).
Artículo 2.- Las banquinas de las rutas nacionales que se construyan, reformulen o reparen desde la sanción de la presente ley, deberán ser de un ancho no inferior a los 2,50 metros (dos metros con cincuenta centímetros).
Artículo 3.- La Dirección Nacional de Vialidad deberá contemplar las condiciones de la presente ley en los pliegos de bases y condiciones para la construcción, reformulación o reparación de rutas nacionales.
Artículo 4.- Las condiciones establecidas por la presente ley entrarán en vigencia el primer día hábil del año siguiente de su sanción.
Artículo 5.- Invitase a las provincias a dictar normas de igual naturaleza a las previstas en la presente ley para la construcción, reformulación o reparación de rutas provinciales.
Artículo 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Proyecto
Señor presidente:
Es de público conocimiento la realidad de las rutas de nuestro país. Frecuentemente suceden accidentes que ponen en riesgo la vida de numerosas personas debido a la carencia de rutas seguras y en buen estado.
Los avances en materia de automotores y la cantidad de vehículos que circulan actualmente, exigen a este Poder Legislativo considerar propuestas que mejoren las condiciones de seguridad en las rutas, beneficiando a quienes se trasladan por ellas.
Una de las primeras cuestiones a tener en cuenta es el ancho de los carriles. Actualmente no existe ninguna regulación al respecto de los mismos, quedando librado a las condiciones de los pliegos de bases y condiciones para la construcción, reformulación o reparación de rutas nacionales. En este sentido, se considera oportuno proponer el presente proyecto de ley que busca establecer un ancho determinado para los carriles y un ancho mínimo para las banquinas.
Las medidas propuestas son las recomendadas por diversos países, ya que se considera que un ancho de entre 3,65 y 3,75 metros convierten a un carril en seguro. Respecto de las banquinas, es necesario proponer una medida mínima ya que el ancho de las mismas debe variar de acuerdo a la zona en que se encuentran, en este sentido la propuesta es de 2,50 metros.
La aprobación de una ley en este sentido servirá no sólo para brindar mayor seguridad a quienes circulan diariamente por las rutas de nuestro país, sino también para generar las condiciones necesarias en el transporte de la Argentina de los próximos años. Por los motivos expuestos, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.
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