Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Citar al Ministro de Comunicación, Dr. Oscar Raúl Aguad Beily, a concurrir al seno de la Comisión de Comunicaciones de esta Honorable Cámara con el objeto de informar los motivos que fundamentan el acuerdo alcanzado entre el Correo Argentino S.A y el Estado Nacional en la Audiencia efectuada ante la sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial el día 28 de junio de 2016, en el marco del concurso preventivo de dicha empresa, en relación a la deuda que la misma mantiene con el Estado Nacional.
Específicamente se solicita conocer:
• Cuáles son los fundamentos técnicos que condujeron al Ministerio de Comunicaciones a la aprobación de la propuesta finalmente aceptada
• Si considera que la modificación del plazo, la tasa de interés y los porcentuales de pago finalmente acordados implican en definitiva una mejora real de la propuesta inicial presentada por la concursada. Cuáles son los fundamentos de esta consideración.
• Cuál es el porcentaje de quita de la oferta efectuada por la concursada
• Cuál es el porcentaje de quita finalmente acordado
• Razones por las cuales el representante del Estado Nacional enviado es un funcionario con designación transitoria
• Todas aquellas preguntas que el seno de la comisión considere pertinentes
Asimismo, se solicita que remita copia del expediente administrativo en el que se tramitara la autorización para acordar la propuesta de pago y el nombre de todos los funcionarios que participaron.
FUNDAMENTOS
Proyecto
Señor presidente:
El 24 de marzo de 1997, mediante el Decreto 265/1997, el entonces presidente Carlos Saúl Menem, convocó a licitación pública a los fines de otorgar la concesión de todos los servicios postales, monetarios y de telegrafía que prestaba la entonces llamada EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA (ENCOTESA), es decir, el Correo Oficial de la República Argentina Sociedad Anónima, conocido también como Correo Argentino.
El 1 de septiembre de 1997, la Sociedad Macri (SOCMA) fundada por Franco Macri, padre del actual presidente -que en ese entonces era uno de sus principales directivos- se hizo cargo de los servicios postales. De esta manera, Argentina se convertía en uno de los primeros países del mundo en privatizar su Correo.
El Correo Argentino contaba con 20.400 empleados y no tenía pasivos financieros. En el contrato firmado para la concesión se establecía que el grupo debía pagarle al Estado un canon semestral de 51,6 millones de pesos.
Sin embargo, Correo Argentino S.A., dirigida por el designado CEO Jorge Irigoin, quedó en estado de insolvencia a pesar de que dejó de pagar el canon, aportes patronales e impuestos.
Aquí cabe mencionar que Jorge Irigoin, que a su vez fue directivo de SOCMA, es el actual presidente del Correo Argentino, designado por Mauricio Macri.
En el 2003, la empresa familiar de los Macri le debía al Estado Nacional más de 1.000 millones de pesos. En noviembre de ese año, el Gobierno Nacional rescindió por decreto la concesión del Correo Argentino, “por incumplimiento del pago del canon”.
Sin embargo, durante los más de diez años de gobierno kirchnerista, la deuda jamás fue saldada. De hecho, y tal como sostiene en su dictamen la fiscal general ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Gabriela Boquín, el Correo Argentino S.A se benefició “con un estado de “eterno” concurso y logró suspender por más de quince años el pago a sus acreedores (art 16 LCQ)”.
Pero los vínculos entre el kirchnerismo y Franco Macri fueron estrechos en diversos rubros.
Uno de ellos fue la relación comercial con China. Una vez que se deshizo de las acciones de Socma, Franco creó el Macri Group, con el que realizó diversos negocios con dicho país: por cada acuerdo que Macri facilitaba entre el Estado y los empresarios chinos, cobraba una comisión del 4%, como lo reconoció públicamente.
Y también la obra pública: IECSA, la constructora del Grupo Macri, transferida luego a Angelo Calcaterra, primo del actual Presidente, fue una de las empresas más beneficiadas en la obra pública durante el kirchnerismo. En el comunicado que Julio De Vido dio a conocer en 2015 sobre las empresas que recibieron más dinero en ese rubro, IECSA aparece tercera. Así tuvo numerosas e importantes licitaciones, entre ellas obras hidráulicas y represas, rutas nacionales y autopistas, viviendas del Plan Federal, obras ferroviarias, tendidos eléctricos, restauración de la Basílica de Luján.
El 28 de junio del 2016, 6 meses después de asumir la nueva gestión, se realizó una Audiencia ante la sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, en el marco del concurso preventivo del ex Correo Argentino, en relación a la deuda que la misma mantiene con el Estado Nacional.
Finalmente se llegó a un acuerdo entre las partes cuando el Estado Nacional aceptó la propuesta reformulada por parte de la acreedora, cuyas modificaciones habían sido originalmente propuestas por el representante del Ministerio de Comunicaciones presente en la reunión.
La deuda original del Correo Argentino era de 296.205.376 millones de pesos. Según actualizaciones de la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones (DAFI) de la Procuración General de la Nación, la deuda en 2017 supera los 4.000 millones de pesos.
Según el analisis que surge del dictamen de la fiscal Boquín, el acuerdo en cuestión originariamente consistía en el pago del 100 % del capital que sería abonado en 19 cuotas anuales y consecutivas, más una cuota de intereses del 6% anual, según el siguiente detalle:
1) Cuatro cuotas equivalentes al 1% de los créditos quirografarios (venciendo la primera al año del cierre del ejercicio del año fiscal en que quede firme la homologación);
2) diez cuotas equivalentes al 2% de los créditos verificados (venciendo al año siguiente del vencimiento de la última cuota detallada en el punto 1.);
3) una cuota equivalente al 6% del capital quirografario (pagadera al vencimiento de la última anualidad consignada en el punto 2.);
4) dos cuotas equivalentes al 10% del capital quirografario (pagadera al año de operado el vencimiento detallado en el punto 3.);
5) una cuota equivalente al 20% del capital quirografario (pagadera al vencimiento de la última anualidad detallada en el punto 4.);
6) una cuota equivalente al 30% del capital quirografario (pagadera al año del vencimiento de la última anualidad consignada en el punto 5.); y,
7) una cuota de intereses sobre el capital ya abonado calculados al 6% anual no acumulativo sobre saldos, vencimiento al año de pagada la cuota detallada en el apartado 6.
El porcentaje de quita real de esta propuesta era el 99,16% del valor del crédito del Estado Nacional.
Los términos del acuerdo finalmente aceptado consisten en el pago del 100 % del capital que sería abonado en 17 cuotas anuales y consecutivas, más una cuota de intereses del 7% anual, según el siguiente detalle:
1) Cuatro cuotas equivalentes al 1% de los créditos quirografarios (venciendo la primera al año del cierre del ejercicio del año fiscal en que quede firme la homologación);
2) cinco cuotas equivalentes al 2% de los créditos verificados (venciendo al año siguiente del vencimiento de la última cuota detallada en el punto 1.);
3) dos cuotas equivalentes al 3% del capital quirografario (pagadera al vencimiento de la última anualidad consignada en el punto 2.);
4) dos cuotas equivalentes al 15% del capital quirografario (pagadera al año de operado el vencimiento detallado en el punto 3.);
5) una cuota equivalente al 20% del capital quirografario (pagadera al vencimiento de la última anualidad detallada en el punto 4.);
6) una cuota equivalente al 30% del capital quirografario (pagadera al año del vencimiento de la última anualidad consignada en el punto 5.); y
7) una cuota de intereses sobre el capital ya abonado calculados al 7% anual no acumulativo sobre saldos, vencimiento al año de pagada la cuota detallada en el apartado 6.
El porcentaje de quita real de esta propuesta asciende al 98,82% del valor del crédito del Estado Nacional.
La mejora de la oferta efectuada por la concursada y aceptada por el Estado Nacional es de un 0,32%.
Asimismo cabe contemplar que el acuerdo implica que el 50% de la deuda se pague en 2032 y 2033, año en el que se llegaría a una quita de 70 mil millones de pesos.
La fiscal entiende que “la propuesta rechazada y su mejora, en términos económicos, no difieren sustancialmente” y, razonablemente, concluye que no es procedente la homologación en razón de que “es abusiva, implica perjuicio fiscal y su irregular aceptación perjudica gravemente el patrimonio del Estado Nacional”, además de que su aceptación “implica reducir el crédito del Estado Nacional a una suma inadmisible -si nos atenemos a su valor presente-, por resultar equiparable a una condonación de la deuda; liberalidad que no se condice con la habilitación legal que rige en la materia respecto del Estado Nacional” y un “cambio estratégico de defensa de los intereses del Estado, configurando una manifiesta irregularidad - que corresponde investigar- en tanto propicia la aceptación de un acuerdo ostensiblemente ruinoso para el patrimonio Estatal”.
Resulta fundamental destacar que nos referimos a una empresa de la familia del actual presidente de la Nación, siendo claro y explícito el conflicto de intereses.
Correo Argentino es controlada por SIDECO SA, que a su vez es controlada por SOCMA SA, firma que perteneció originalmente a Franco Macri y cuyo porcentaje accionario mayoritario es actualmente de 3 de los hijos de Mauricio en proporciones iguales.
Por esta razón la fiscal Boquín considera que “pudiendo resultar que familiares el Presidente de la Nación resultarían beneficiarios finales de la sociedad concursada y/o de sus controlantes o integrantes del grupo económico, ningún funcionario público que tuviese relación de dependencia jerárquica con él, podría aceptar una propuesta que directa o indirectamente los beneficie.
Así, en el caso, la propuesta fue aceptada por un funcionario público que encuentra enmarcada su actuación por una cadena de dependencias jerárquicas que lo vinculan a la máxima autoridad de la administración pública nacional”.
(...)
La transacción aceptada –a más de perjudicar los intereses del Estado Nacional, lo que la hace inadmisible- podría implicar un beneficio directo para la concursada, en el cual integrantes de la familia del Presidente de la Nación tendrían indirectos intereses económicos directos o indirectos”; contrariando los principios de la Ley de Etica Pública.
Otro detalle no menor es el cuestionamiento que realiza la fiscal a la competencia del representante del Estado Nacional, funcionario del Ministerio de Comunicaciones, para brindar su consentimiento; a quien considera “sin competencia” (debido principalmente a su calidad de empleado con designación transitoria), sin acreditar de quien recibió instrucciones ni en el acto administrativo que se las impuso y careciendo de sustento técnico que la avale, “siendo por además irrazonable y carente de validez a todo efecto”.
Para concluir: hablamos de un acuerdo abrumadoramente costoso para las arcas públicas y al mismo tiempo, claramente beneficioso para una empresa que pertenece a la familia del actual Presidente de la Nación, quien durante toda su campaña electoral prometió un cambio, sostuvo como propias las banderas de la transparencia y ética en la función pública, en contraposición a la gestión saliente.
Hablamos de una decisión indignante e inmoral.
Por todas estas razones solicitamos de forma urgente que el Poder Ejecutivo de respuestas concretas sobre el tema en cuestión.
Fuentes:
http://www.fiscales.gob.ar/wp-content/uploads/2017/02/correo-argentino-dictamen.pdf
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/40000-44999/42399/norma.htm
http://www.lavanguardiadigital.com.ar/index.php/2017/02/08/abusivo-acuerdo-entre-el-estado-y-franco-macri-por-el-ex-correo-le-condonarian-4-mil-millones-de-deuda/
http://www.clarin.com/politica/pidieron-rechazar-abusivo-acuerdo-correo-argentino-nacional_0_SJhHuAK_g.html
http://www.agenciapacourondo.com.ar/economia/21245-recuerdo-cuando-la-familia-macri-quebro-el-correo-argentino
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