Señor presidente: estamos discutiendo el presente proyecto de ley por el cual se propicia la modificación de la ley 24.674 y sus modificatorias sobre impuestos internos. Este proyecto tiene por propósito aumentar la tasa de determinados bienes de alto valor y establecer nuevos valores exentos teniendo en cuenta la capacidad contributiva de los consumidores de este tipo de bienes, propendiendo a una mayor equidad contributiva y respetando el principio constitucional de igualdad.
Como sabemos la ley 24.674 regula los impuestos internos que están destinados a gravar el expendio de las mercaderías contempladas en el articulado de la ley. Es de hacer notar que, conforme la normativa citada, se denomina expendio a toda transferencia e importación de los bienes comprendidos para consumo o reventa, a título oneroso o gratuito. Así la ley grava con impuesto a los tabacos, bebidas alcohólicas, cervezas, bebidas analcohólicas, jarabes, extractos y concentrados, automotores y motores gasoleros, servicios de telefonía celular, etcétera.
Creemos que el presente proyecto, en función de lo debatido en la Comisión de Presupuesto y Hacienda, se orienta a mejorar la progresividad del impacto que tienen los impuestos internos sobre automotores, embarcaciones, motos y aeronaves. Y decimos que el proyecto tiende a aumentar la progresividad porque hay un doble movimiento. Por un lado, se aumentan los montos de exención, de modo tal que queden exentos los vehículos automotores, embarcaciones, aeronaves y motos de menor valor. Por el otro, el proyecto de ley aplica incrementos en la alícuota impositiva, gravando aquellos vehículos automotores, motos, embarcaciones y aeronaves de mayor valor. Por analizar un solo ejemplo: en el caso de automóviles y automotores, se propone elevar los montos de exención de 150.000 pesos a 170.000 pesos. Además, en el caso de automotores y motores se aplica una segmentación que va de 170.000 a 210.000, sobre los cuales se aplicaría una alícuota que pasa del 10 al 30 por ciento, mientras que por encima de esa última cifra, la alícuota pasa del 10 al 50 por ciento. En el caso de las embarcaciones, se aumenta el monto de exención, pasando de 22.000 a 100.000 pesos. Superando los 100.000 pesos y hasta los 170.000 la alícuota pasa del 10 al 30 por ciento, y por encima de este último monto se aplicará una alícuota que pasa del 10 al 50 por ciento. Estos dos ejemplos muestran la orientación del proyecto de ley de aumentar la presión tributaria sobre el consumo de bienes de más alto valor, aumentando las exenciones para que no tribute o tribute menos el consumo considerado de menor valor propiciando el consumo en esa franja de bienes.
Señor presidente: estamos en un proceso político, popular y democrático que periódicamente da muestras claras a través de acciones de gobierno concretas que buscan la inclusión social, la protección del trabajo y cuya variable de ajuste para resolver problemas son los sectores más postergados y vulnerables de nuestra sociedad. Este proyecto es una prueba más de ello y por eso lo vamos a acompañar.