17. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO LANDAU

Fundamentos del apoyo del señor diputado al dictamen de mayoría de la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo por el que se declara la validez del decreto 2.436 de fecha 13 de diciembre de 2012

A través del decreto 2.436/12 se modifica el presupuesto general de la administración nacional para el ejercicio 2012, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas que forman parte integrante del mismo. En consecuencia, a través del mismo, se refuerza el presupuesto destinado a la atención de las jubilaciones, retiros y pensiones del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, organismo del MINISTERIO DE DEFENSA, como a las cajas tanto de LA POLICIA FEDERAL, como de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y de la GENDARMERIA NACIONAL organismos del MINISTERIO DE SEGURIDAD y del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

Del mismo modo, se refuerzan los créditos vigentes de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION para atender gastos de funcionamiento, los del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL en la parte correspondiente a la atención de los haberes de las pensiones no contributivas, los créditos de la jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO y los gastos de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para hacer frente a compromisos asumidos con anterioridad.

Por medio del presente decreto se incrementa el presupuesto vigente del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE con el objeto de afrontar las transferencias previstas a la empresa AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA y se refuerzan los créditos de la COLONIA NACIONAL “DR. MANUEL MONTES DE OCA”, organismo descentralizado del MINISTERIO DE SALUD, a efectos de adquirir insumos médicos y atender gastos de funcionamiento, y se prevén compensaciones en el presupuesto del HOSPITAL NACIONAL PROFESOR “DR. ALEJANDRO POSADAS”, organismo descentralizado del MINISTERIO DE SALUD.

Por otra parte, se establece la necesidad de adecuar el presupuesto vigente de la HCDN y de la DIRECCION DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CONGRESO DE LA NACION con la finalidad de atender gastos de funcionamiento y la necesidad de adecuar el presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, con el objeto de cumplir con las obligaciones de giro del mes de diciembre para gastos y asimismo adecuar las transferencias destinadas a YACIMIENTOS CARBONIFEROS DE RIO TURBIO (YCRT), a la empresa NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (NASA), a la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AYSA), a la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA (AR-SAT) entre otras.

Asimismo se faculta al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a incrementar el capital de la empresa FABRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIG. SAN MARTIN” S.A. (FAdeA) mediante la capitalización de la obligación que mantiene dicha empresa con el Tesoro nacional, para contribuir a afianzar la estructura patrimonial de dicha empresa, permitiendo dotar a la misma de un capital adicional que impulse el sostenimiento y coadyuve al desarrollo progresivo asegurando su capacidad operativa, conforme surge de los considerandos del decreto.

Por último, a través del artículo 3° del DNU 2.436/12, se exceptúa a la COMISION NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de efectuar el aporte al Tesoro nacional establecido por el artículo 9° de la ley 26.728 de presupuesto general de la administración nacional para el ejercicio 2012 – esto es, se lo exceptúa de destinar el treinta y cinco por ciento (35%) de las ampliaciones de créditos presupuestarios dispuestas por el jefe de Gabinete-.

Por los fundamentos expuestos en el dictamen de mayoría de la Comisión Bicameral Permanente de Tramite Legislativo, encontrándose cumplidos los requisitos formales y sustanciales establecidos en los artículos 80 y 99, inciso 3°, de la Constitución Nacional y de conformidad con los términos del artículo 14 de la ley 26.122, se propone que se resuelva declarar expresamente la validez del decreto 2.436/12.

 

 

 

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