2. INSERCIÓN SOLICITADA POR LA SEÑORA DIPUTADA CARRIÓ

Opiniones de la señora diputada acerca de la reestructuración de la deuda externa como política de Estado

A los efectos de sentar mi posición al respecto, creo pertinente efectuar algunas aclaraciones sobre la reestructuración de la deuda externa, su negociación y el conflicto existente con los llamados holdouts.

1. Consideraciones sobre la deuda.

Los antecedentes del “arreglo” con el Club de París a espaldas del Congreso y pagando US$2.000 millones de más, al igual que lo acordado con Repsol —también pagando alrededor de US$2.000 millones de más— (sin perjuicio de las resultas de la denuncia penal por vaciamiento, que interpusiéramos, en trámite ante el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N°4 de la Ciudad de Buenos Aires), y lo ocurrido con YPF-Chevron (daño tan desconocido como la letra del contrato), impiden formar un frente unido para negociar en el tribunal norteamericano con los holdouts. La simpleza y precisión de los argumentos de la Suprema Corte de los EE.UU., como así también los vertidos en los fallos de las instancias previas, son ilustrativas de que hay muy poco lugar para maniobras de distracción o de “viveza criolla” argumentativa, aludiendo a consideraciones impertinentes.

En pocas palabras, en el gobierno buscan crear un clima pre-bélico que no compartimos, con el propósito de mostrarse como salvadores de la patria y de esconder sus errores de gestión en la renegociación de la deuda, situación que puede rememorarnos el episodio de Malvinas; invadir para retirarse y negociar, y luego, por populismo y groseros errores adicionales, quedarse hasta ser absolutamente derrotado.

En tal sentido, los hechos son reveladores: el gobierno habló simultáneamente de no caer en default y de acercarse a discutir con el juez de la causa, cuando simplemente tendría que haberse sentado a negociar sin haber vertido ningún tipo de declaraciones. No sirve como excusa decir que dicha situación fue una manera de presionar.
En todo caso, la maniobra del gobierno pareciera apuntar a una negociación condicionada en sede judicial, cuya resolución no satisfactoria desencadenaría igual un default y abiertas hostilidades con la justicia americana, hasta que los holdouts eventualmente desistan de su demanda.

La estrategia del doble juego o doble estándar amenazante y negociador al mismo tiempo demuestra un desconocimiento de la entidad del problema y de cómo funcionan los poderes en los Estados Unidos y en el ámbito internacional. Como alternativa de negociación es la más irracional de todas por ser contradictoria e inconsistente.

Por otro lado, de la lectura detenida del fallo de la Suprema Corte surge que todo aquello vinculado a las inmunidades soberanas corresponde al Congreso de los Estados Unidos, que es el único órgano que tiene competencias constitucionales para modificar la ley de inmunidades (1976).

Cabe destacar que la sentencia sobre el fondo de la cuestión fue rechazada en ejercicio del certiorari, que permite a la Corte declarar la inadmisibilidad de un recurso extraordinario sin dar fundamentos.

En consecuencia, la única luz, que no cambiaría el fallo pero que permitiría reducir el daño material en la ejecución, es la vía del Congreso norteamericano. Por ello, la Argentina debería tener una política exterior de Estado de cara al futuro.

2. Consideraciones sobre la situación económico-financiera de la Nación al momento del fallo.
• La economía se contrajo -0,9% en marzo respecto de igual mes de 2013 según el INDEC, con una inflación a abril del 20,4% por igual fuente o 35,7% según estimaciones privadas (a mayo 35,6%).

• Los términos del intercambio estimados para el 2º trimestre 2014 están -8,1% por debajo del nivel promedio del año 2011.

• El tipo real de cambio bilateral del peso respecto del real brasileño se ubica en un nivel 24,8% superior a julio 2011, y -3,6% promedio estimado 2014 respecto de 2012.

• La industria cayó -4% en el 1er cuatrimestre respecto de 2013, proyectándose una baja del -2,5% para todo el año. La caída en la producción de automotores se proyecta a -9/12%, en una hipótesis optimista, al requerir un aumento en la demanda doméstica de 43,9% en los últimos 7 meses del año respecto de los 5 primeros, mientras fue de 10,8% en 2012 y 12,6% en 2013. La baja del crecimiento de la demanda interna brasileña (2014 1,4%; 2012 4,6%), más una reducción de sus stocks en 124.000 unidades en los 7 meses restantes de 2014, similar a lo sucedido en 2012, dificulta una mejora de nuestras exportaciones, que bajaron -18,4% en 2012 y se proyectan a –9/14% en 2014.

• El déficit de la Tesorería a marzo 2014 fue del 4,0% del PBI, mientras que medido por cifras del BCRA fue de 3,9% para tal período y 3,6% del mismo al 30/5/14, o 43,3% de la base monetaria. La reestimación del PBI nominal por el INDEC implica un aumento de 25/26% promedio desde 2007, lo que reduce los niveles absolutos de estas cifras, sin afectar su importancia relativa entre sí, i.e. el peso del déficit sobre variables financieras como la base monetaria permanece invariante.

• La balanza comercial acumulada a abril fue favorable en U$S 1.047 millones, con baja de -58% respecto de 2013, y la porción correspondiente a energía arroja un déficit acumulado de U$S–1.361 millones cuando en igual período anual anterior había sido de U$S -1.399 millones, proyectándose a unos US$6.100 para todo el año, similar a la cifra de 2013 US$-6.163, por la recesión imperante.

• La evolución anual de los agregados monetarios en mayo varía entre 21,7% y el 21,8% según se tome M1 o M3. El BCRA perdía US$-9.182 millones anuales de reservas en términos netos al 30/5/14.

• Las tasas de interés por depósitos a 30 días en bancos privados durante junio son -168 b.p. menores en promedio a las de abril, y al 9/6 bajan -186 b.p. a 22,65%. Continúan negativas en términos reales, a unos -4.800 b.p. de la curva de tasa esperada de devaluación.

• La economía de EE.UU. mantiene el nivel de empleo y la actividad inmobiliaria, mejorando levemente la industria y la confianza del consumidor, lo que impulsa el crecimiento. La situación en Europa tiene leve repunte según datos de ventas minoristas a abril, mientras el desempleo se mantiene alto al 11,7%.


3. Consideraciones sobre el fallo de la Suprema Corte de los Estados Unidos y la actitud del gobierno argentino al respecto

El gobierno se apresta a negociar el cumplimiento de la sentencia firme de la justicia norteamericana acerca de la deuda con los holdouts y ha pedido apoyo al Poder Legislativo y al Poder Judicial. Naturalmente, en función de lo previsto en el artículo 75, incisos 7 y 8 de la Constitución Nacional, el Congreso tiene algo que decir al respecto. De la argumentación que sigue, resulta que el mero hecho de ejercer sus legítimas funciones implicará otorgar el único (y por lo tanto máximo) apoyo que puede dar a las gestiones que el Ejecutivo haga respecto de dicha sentencia.

Existe en la opinión pública una idea bastante generalizada de que no ha habido justicia en este asunto. Específicamente, que no es equitativo que un 92% de los acreedores haya aceptado una quita en el valor actual de sus haberes, mientras que del resto un 1% persiga pertinazmente una restitución sin mella. Se dice que en cualquier concordato de acreedores en el ámbito del derecho privado, por principio de esfuerzo compartido, una mayoría de ellos obliga al resto a una solución equitativa para todos. Al no haberse dado esta situación la reacción ha sido sucesivamente de sorpresa, indignación, reacción con epítetos del más amplio calibre y sospecha de una o varias “manos negras”. A medida que pasaron los días, la opinión pública primero y el gobierno después, han considerado la opción de avenirse a resolver la cuestión en el juzgado. Se ha bajado el tono de la discusión a la hora de debatir la forma de cumplir la sentencia.

Sin embargo, cabría preguntarse, siendo tan evidente la injusticia, cómo es posible que después de tantos años de haberse introducido la noción de un mecanismo internacional de resolución de controversias con deudas soberanas (al menos desde la crisis de las deudas latinoamericanas de los 80), no haya sido implementado todavía.

En la actividad privada la necesidad de un concordato de acreedores no se funda, aunque sea un aditamento agradable, en la gentileza social, el esfuerzo compartido o ser un buen compañero. Se considera si la subsistencia de la empresa mejora la perspectiva de cobro, frente al producido de liquidar los bienes por quiebra. Naturalmente es mucho más amigable que la quiebra, pero esta es inevitable si se ha perdido, por el motivo que sea, la capacidad de hacer algo útil a la generación de un flujo de fondos que permita servir la deuda al menos parcialmente.

En el mundo se supone que un Estado, siendo el mecanismo que permite el gobierno de una población sobre un territorio, no puede quebrar porque la Nación, que es la conjunción de estos cuatro elementos, se disgregaría; y habiendo voluntad manifiesta de los pobladores de seguir viviendo como siempre, nada habría para ejecutar por las buenas.

No puede haber concordato sino para evitar la quiebra. Y un Estado no quiebra salvo que sea derrotado en guerra y partido en pedazos. A veces en la historia incluso renace. Es soberano en tanto pueda defenderse.

Si está conformado por personas de bien, honra sus compromisos a menos que suceda una catástrofe irreparable. En todo caso sólo consigue tiempo para recuperarse, y entonces cumplir con sus obligaciones. Si sobrevive, por el principio de continuidad un Estado respeta los tratados internacionales y análogamente, paga sus deudas. Gibraltar forma parte de la península Ibérica. No es por desidia o falta de coraje que no haya sido retomado por los españoles, sino por el Tratado de Utrecht de 1713.

La justicia americana actúa de acuerdo a sus leyes y a los principios del derecho, igual que nosotros, articulando las leyes y la jurisprudencia para encuadrar y dar su veredicto en un caso concreto. No hay una normativa internacional de reestructuración de deudas de Estados soberanos, y por definición constitucional no puede crearla o aplicar una imaginaria. En este, como en los demás casos, ha echado mano a lo que tiene a su disposición.

Por lo tanto, las quitas obtenidas en las reestructuraciones de 2005 y 2010 no provienen ni de la benevolencia ni de los sermones de Néstor y Cristina Kirchner acerca de la decadencia del capitalismo. Dada la magnitud de la crisis de 2001, se logró la adhesión de la mayoría de los acreedores que prefirieron dar por terminado el asunto en vez de tratar de comprendernos y tomarse la molestia de litigar contra un Estado con políticas erráticas. O sencillamente porque necesitaban la plata que se les ofrecía y se hartaron de esperar. El planteo fue razonable aunque no tenga nada de extraordinario o novedoso. Pasó el tiempo, el país comenzó a recuperarse, se propuso un monto y secuencia de pagos compatibles con un uso de recursos que no atentara ostensiblemente con el crecimiento esperado; tanto de un lado como del otro se asumió como lo máximo factible.

Justamente es esto lo que subyace en todos los fallos de las Cortes americanas. Si uno hace un continuo alarde del éxito de su país, o peor aún se burla de los que se tropiezan, parece lógico que otro a quien le deba plata, sea quien sea, se la reclame por sí o por interpósita persona.

Si los Estados no quiebran y pagan de buena fe siempre lo máximo antes o después, para salvar su honra o para que les sigan prestando; la cuestión primordial es si está o no el dinero.

El costo financiero de la implementación de la sentencia es sumamente relevante, porque desde nuestra posición deja o no lugar para la cancelación sin sobresaltos futuros de nuestros compromisos, bajo supuestos razonables. En consecuencia, la vista del Congreso sobre el asunto juega un rol primordial, tanto para el Ejecutivo como para los representantes de los holdouts, porque si la ejecución de la sentencia fuera incompatible con la capacidad de la Nación para hacer frente a todos sus compromisos financieros, debería rechazarse por el mismo principio de honra y continuidad del Estado, al volverse una promesa vana que igual a la larga termina en falencia. Es decir que no cabe ninguna actitud irrazonable, en tanto implique afectar el cumplimiento en todo y en parte.

Por lo demás, conviene recordar a los demandantes que la soberanía se ejerce, en este caso, por un Estado conformado por tres poderes independientes donde los contratiempos se asumen con dignidad, soportando sus consecuencias, y las falencias si las hay no hacen evaporar las obligaciones, simplemente se posponen para mejor oportunidad.

4. En combate o negociado en secreto con los holdouts

Las jugadas tácticas sin ninguna estrategia seria de la presidente de la Nación y del ministro Kicillof están poniendo en serio riesgo la estabilidad económica de los argentinos afectada por una creciente inflación y presión impositiva.

El pago a los acreedores reestructurados sin acordar de manera rápida la ejecución de la sentencia del juez Griesa está afectando no ya a los holdouts sino a los bonistas reestructurados.

Es por demás difícil por imposibilidad jurídica y cultural la suspensión de una medida cautelar que quedó en vigencia por orden de una cámara de apelaciones y luego por la Corte Suprema de Estados Unidos.

El combate táctico es por sí ilusorio y la victimización de una nación y de un gobierno se parece en mucho a la estrategia bélica ilusoria de Malvinas o a la gesta contra la supuesta oligarquía del campo.

Los mercados suben pero pueden estar equivocados. Estamos entrando en una zona demasiado gris en términos de racionalidad política y económica. No debe olvidarse que la buena fe del gobierno argentino está cuestionada dentro y fuera del país. A mi criterio estamos en presencia de una tensa espera cuyo final no conocemos.

Además, es preciso señalar que ni los países más pobres entran en default por solo 1300 millones de dólares, por lo que estamos en presencia más que de una acción racional, de un capricho de omnipotencia que nos costó entre Repsol y el Club de París miles de millones de dólares de más que deberán pagar todos los argentinos.

Lo robado por este gobierno y por muchos funcionarios puede exceder en varias veces lo reclamado en el juzgado de Nueva York; este latrocinio tiene costos en términos de imagen y credibilidad de toda la nación; lo demás es ideología chatarra.

Desde pocos días después de la confirmación de la sentencia por la corte norteamericana puede haber habido negociaciones secretas, —que es lo que algún sector financiero de Nueva York sospecha y estaría escondiendo Kicillof— entre los holdouts, es decir, los llamados fondos buitre, y el gobierno argentino, para que sean los mismos acreedores los que pidan el levantamiento de la cautelar a un precio altísimo en blanco y en negro (eventuales comisiones) a pagar por todos los argentinos. Es decir una clara y secreta negociación entre los fondos buitre y la revolución de Puerto Madero. Esta sería una de las razones por la que los bonos no tienen grandes cambios en Nueva York a pesar del rechazo al levantamiento de la cautelar por parte del juez Griesa.

5. Conclusiones

Para que la acción del pago a los acreedores reestructurados sea correcta debería ir acompañada de una caución por el monto de la condena a efectos de mostrar voluntad de acuerdo y negociación en la ejecución de la sentencia de Griesa, una caución que incluso podría realizarse en nuestro país. Al mismo tiempo es fundamental iniciar las gestiones diplomáticas pertinentes con parlamentarios norteamericanos para solicitar una revisión de la ley de inmunidades soberanas, que como señaló la Corte Suprema de ese país corresponde solo al Congreso de los Estados Unidos revisar, ya que es el único poder del Estado con competencias constitucionales para modificar la ley de inmunidades de 1976.

A nuestro juicio, el gobierno argentino no ha manejado correctamente el conflicto con aquellos bonistas que no han ingresado a los canjes llevados a cabo en los años 2005 y 2010. Ello así, pues, frente al fallo de primera instancia contrario a los intereses de nuestro país, el gobierno nacional ha insistido en negar dicha deuda y, en consecuencia, no ha elaborado ningún tipo de estrategia alternativa para enfrentar una situación judicial adversa que lo obligara a buscar una solución diferente al reclamo de los holdouts. .

En tal sentido, el gobierno nacional ha reiterado en múltiples ocasiones que no iba a negociar con los holdouts y, lo que agrava la situación frente a un fallo adverso, que no cumpliría el fallo dictado en primera instancia.

Así las cosas, y luego de varios años de litigio, se llegó al dictado del fallo de la Suprema Corte de los Estados Unidos que, al rechazar el caso, dejó firme el fallo de la Cámara de Apelaciones que había fallado a favor de los holdouts. De este modo, ordenó el pago de la totalidad de lo reclamado por los bonistas y estableció que la Argentina no podría efectuar ningún pago antes de cumplir con la sentencia.

Dicha situación colocó a nuestro país al borde del default puesto que el cumplimiento del fallo dificultaba el pago al resto de los bonistas que habían ingresado a la restructuración de la deuda. Es necesaria una estrategia seria, desapasionada, inteligente y coherente que dimensione el conflicto al que el país se enfrenta.

 



 

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