12. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO DÍAZ BANCALARI

Fundamentos del apoyo del señor diputado al dictamen de mayoría de las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Energía y Combustibles en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo por el cual se modifican las leyes 23.966 y 26.028, sobre impuesto a los combustibles líquidos y gaseosos

Nos encontramos hoy analizando un proyecto de ley que modifica dos normas que regulan la producción de biocombustibles, una cuestión estratégica para nuestro Estado, justamente cuando se cumplen 10 años desde que Néstor Kirchner lanzara el Plan Energético Nacional, que ha tenido capítulos trascendentales en la historia política y económica de nuestro país, como la recuperación de YPF, una empresa insigne en la elaboración de combustibles.


Por intermedio del presente proyecto se propone modificar el artículo 4° del capítulo I, título III de la ley 23.966, relativo al impuesto sobre los combustibles líquidos y el gas natural, estableciéndose que en el biodiésel el impuesto estará totalmente satisfecho con el pago del gravamen sobre el componente gasoil u otro componente gravado, no pudiendo modificarse este régimen hasta el 31 de diciembre del 2015, y que el biodiésel puro no podrá ser gravado hasta dicha fecha.

Asimismo, la iniciativa plantea también la reforma al artículo 1° de la ley 26.028, por medio del cual se exceptúa de toda carga impositiva al biodiésel que se utilice como combustible líquido en la generación de energía eléctrica, favoreciéndose de esta manera la promoción del uso del referido biocombustible en dicha rama energética.


Este proyecto se inscribe en la misma senda de fortalecimiento del modelo de producción y trabajo nacionales que es el fundamento de nuestra acción política. Se gobierna para alentar la producción y crear trabajo genuino, porque son las mejores soluciones para eliminar la pobreza y la exclusión.


No olvidemos tampoco que otra gran ventaja de los incentivos a la producción de biocombustibles es el relativo al beneficio ambiental. Y aquí me permito recordarles a los colegas legisladores lo que dice el artículo 41 de la Constitución Nacional: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo... Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales…Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección…”.


Porque no se trata de crear nuevas condiciones económicas y sociales a cualquier precio. No se trata de cambiarle la vida a un puñado de compatriotas en perjuicio de millones. Se trata de progresar económicamente sin seguir dañando el ecosistema, sin contribuir a perjudicar la naturaleza, sin ocasionar nuevas víctimas en nombre de “la atracción de capitales” o de “inversiones de riesgo”.


En este sentido, resulta oportuno señalar que los biocombustibles son renovables, que su utilización produce menor contaminación ambiental, ya que la producción de la materia prima que los genera consume dióxido de carbono ayudando a la reducción del mismo en la atmósfera, y que también colaboran evitando y disminuyendo el calentamiento global, siendo al mismo tiempo biodegradables, no tóxicos y sin contenido de azufres.


El riesgo que se corra en cualquier tipo de inversión no puede quedar simplemente librado al bolsillo del inversor, sino que debe estar vinculado a la promoción de una ética comunitaria que haga efectivo el desarrollo integral de la sociedad, para que no haya obreros para hoy y enfermos para mañana. Porque la falta de control o la permisión de las empresas contaminantes genera padecimientos y no riqueza: porque nuestro principal patrimonio es el hombre argentino.


Este proyecto entonces vuelve a legislar buscando el avance del desarrollo sustentable. Y el desarrollo es sustentable cuando sostiene en el tiempo los beneficios de los trabajadores, de los inversores, del Estado y del trabajador.


Pero el desarrollo que propugnamos es además equitativo, integral e igualitario, por eso favorecemos la implementación de herramientas que contribuyan a seguir democratizando una Argentina socialmente justa, económicamente libre, políticamente soberana y ecológicamente sostenible.


Por todo lo expresado es que apoyo el presente proyecto de ley votando afirmativamente el dictamen de la mayoría.-

 

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