Personalmente, comparto el concepto jurídico que define a la seguridad ciudadana como una situación social, donde predomina la sensación de confianza, entendiéndola como ausencia de riesgos y daños a la integridad física y psicológica de las personas, donde el Estado debe garantizar la vida, la libertad y el patrimonio ciudadano.
Entonces, Estado y sociedad son sujeto y objeto, indistintamente, en la relación recíproca que los relaciona y los condiciona.
Me parece importante resaltar que cuando hablamos de sociedad, en ella están incluidos todos los actores que podemos analizar cuando hablamos del flagelo de la inseguridad, incluidas las víctimas. Por eso celebro que nos ocupemos de lleno y de una vez por todas de desandar esta problemática y consensuar un marco jurídico de protección integral a la víctima que garantice eficazmente su asistencia y compensación de todas las formas posibles.
Hoy estamos dando una respuesta a una demanda concreta que está en los primeros lugares de la mayoría de las encuestas a la hora de preguntar cuál es el principal problema que tienen los argentinos. Estamos tratando una de las múltiples aristas de la inseguridad.
Las víctimas y sus familiares se exponen injustamente a pérdidas, daños o perjuicios, y a esto hay que sumarle que pueden llegar a sufrir un trato inadecuado cuando acuden al auxilio del Estado en busca de justicia para resarcir, de alguna manera, el acto violento sufrido.
Sinceramente espero que nadie tenga que pasar por la experiencia de ser víctima, pero aquí estamos intentando dar una respuesta a aquellos que sí lo han vivido en carne propia y para que en el futuro una víctima pueda vivenciar que sus plenos derechos son debidamente respetados.
Cuando hablamos de víctimas no dejo de pensar en la inmensidad de relatos y testimonios que día a día escuchamos en primera persona o bien de boca de un amigo o vecino. Pienso en las muchas vivencias que me han hecho llegar algunas víctimas y denunciantes; imagino su dolor y desesperación. Y si bien todos los casos son sumamente dolorosos e importantes, me preocupan sobremanera aquellos en los cuales se frustran las denuncias por ignorancia, vergüenza o simplemente por miedo o descreimiento, como cuando una víctima de abuso sexual no sabe qué hacer o a dónde recurrir y el simple hecho de volver a pensar en lo que le sucedió la revictimiza indefinidamente.
Probablemente jamás podremos reparar la confianza perdida, ni devolverles la salud, y mucho menos la vida; pero sí tenemos el deber y la obligación como legisladores de asegurar a las víctimas una plataforma de contención y asistencia que las vuelva a la senda de la confianza y la esperanza.
Con esta norma pretendemos dar un poco de serenidad a aquellas personas que están pasando, quizás, uno de los momentos más difíciles de su vida y que les cuesta enormemente comprender la burocracia que caracteriza a nuestro sistema judicial y penal. Hoy queremos poner a disposición de la víctima una nueva herramienta, que no sólo facilite la realización de una denuncia sino que también le brinde una forma adecuada de contención y protección.
En el aspecto jurídico, considero sumamente importante llegar a ese equilibrio en donde prime el respeto por la dignidad de la persona acusada pero que, en el mismo sentido y en forma simétrica, también se incluyan los derechos individuales de las víctimas y sus entornos sociofamiliares.
Hoy legislamos para proteger y enaltecer los derechos de las víctimas, por su acompañamiento, y bregamos por la definitiva consolidación de un Estado más presente y más activo en respuesta a lo que manda y bien digo: “manda” la sociedad en su conjunto.