Quiero referirme al espíritu de fondo de lo que significa este proyecto para la historia industrial de nuestro país y para lo que creo tiene que ser nuestro trabajo en el Congreso de aquí en más.
Nuestro país, y sobre todo este Congreso, tienen la oportunidad y la obligación de acordar e instrumentar políticas que hagan viable y sustentable la incipiente recuperación de la economía.
Lo dijimos en la campaña y lo ratificamos hoy: un modelo que no priorice la valorización productiva, que no genere dólares genuinos y que se endeude para pagar la cuenta, no es sustentable en el tiempo.
La sustentabilidad viene con un modelo que fomente la producción, y sobre todo la producción que genera empleo: la industria.
Este proyecto que votamos hoy tiene una doble virtud. Por un lado, busca recomponer a un sector industrial emblema, en el que el país tiene capacidades y saberes acumulados a lo largo de más de cien años. Por el otro, es un sector que contribuye de manera concreta a la competitividad de toda la economía.
Igual que en el caso de la industria ferroviaria, el país está muy atrasado en el aprovechamiento logístico del transporte fluvial. Solo el 3 por ciento de nuestra matriz logística es fluvial, contra apenas el 4 por ciento ferroviaria y más del 90 por ciento de camiones.
Esta matriz significa un impacto directo en los costos y la competitividad de nuestra producción. Si estamos pensando en un país en el que el campo produzca, por ejemplo, 150 millones de toneladas en los próximos años, es clave que tengamos una forma cada vez más competitiva de transportarlos.
La recuperación de nuestra industria naval y marina mercante puede ser también un punto de inflexión para el proceso de desindustrialización que vivió el país durante muchos años.
Hacia los años 80 nuestra industria naval había logrado un importante desarrollo y empleaba a casi setenta mil personas. Pero fue desguazada por políticas equivocadas a partir de los años 90. Tenemos hoy la oportunidad histórica de hacerlo.
Esta tradición incluye una gran cantidad de profesionales navales, ya que el país tiene casas de estudios que brindan esta carrera. Hay además más de seis mil obreros calificados en el sector, con posibilidad de crecer rápidamente a más de veinte mil. Y hay más de trescientas pymes nacionales ligadas a esta producción. No hay razón por la que no tengamos que apostar a este sector: no hay país desarrollado del mundo que no tenga un sector naval y de marina mercante fuerte.
Además del proyecto concreto, creo que tenemos que tomar este acuerdo como la base para lo que tiene que ser el Congreso que comienza hoy y sobre todo a partir de diciembre.
En 2016, el primer año de Cambiemos en el gobierno, logramos discutir con fundamentos y lograr acuerdos importantes, como la ley pyme, que fueron en la dirección correcta en lo que hace al fomento de la producción y el trabajo argentinos.
Nosotros fuimos y seremos una oposición constructiva. Pero una oposición constructiva requiere un oficialismo responsable y abierto, dispuesto a escuchar y a acordar.
Es hora de concentrarnos en los temas concretos y no en los eslóganes vacíos. Aquí estamos hablando de un sector concreto, con nombre y apellido, que condensa el destino estratégico de nuestro país. En buena hora que alcanzamos un acuerdo que beneficie al sector y al conjunto. Ojalá logremos muchos más en los años que vienen.
En relación con la disidencia parcial que planteo, quiero destacar que el proyecto de ley, en general, tiene por objeto fomentar la integración regional en la hidrovía Paraná-Paraguay, en el río Uruguay y en los espacios marítimos; fomentar el desarrollo de la flota mercante de bandera nacional; aumentar la participación de la flota mercante argentina en los fletes generados en el tráfico de la hidrovía; generar fuentes de trabajo y fomentar la incorporación a la Marina Mercante de bandera nacional de buques y artefactos navales construidos en el país.
El proyecto encomienda al Poder Ejecutivo promover el cumplimiento del artículo 7° del Acuerdo de Transporte Fluvial en la Hidrovía Paraguay- Paraná. Esta disposición del Acuerdo requiere la compatibilización de normas nacionales sobre comercialización, tránsito, tipificación de mercaderías, régimen laboral y de seguridad, con la normativa de la hidrovía.
La ley beneficiará a los armadores nacionales que operan buques mercantes, excluyéndose algunos tipos de buques taxativamente indicados.
Sobre el Régimen de Desarrollo de la Marina Mercante Nacional y la Integración Fluvial Regional, la disidencia parcial que planteo en el expediente 294-S.-2016 tiene por objetivo modificar el plazo de arrendamiento dispuesto en favor de buques a casco desnudo y artefactos navales extranjeros con tratamiento de Bandera Argentina con el fin de encontrar un equilibrio entre los intereses del sector armatorial con el de la industria naval local.
En el Capítulo V del proyecto de ley, relativo al Arrendamiento de Embarcaciones, se establece que los armadores nacionales podrán arrendar a casco desnudo buques y artefactos navales extranjeros con tratamiento de Bandera Argentina de no más de 10 años de antigüedad si son buques y artefactos navales marítimos, y de 15 años para buques y artefactos navales fluviales.
Tal como están redactados los artículos 20 y 22 de este Capítulo V, el arrendamiento ha quedado in eternum, cuando en realidad debería ser una solución transitoria por un período determinado y acotado en el tiempo.
Evidentemente no acotar en el tiempo el charteo a casco desnudo significa que los buques que entren en el país por esta vía son buques que la industria naval local -que aspira a poder fabricarlos compitiendo libremente contra cualquier astillero extranjero- deja de construir a lo largo del ciclo de vida de estos.
Por esta razón, en los artículos 20 y 22 hemos agregado un párrafo que dice: "A partir de la entrada en vigencia de la presente ley y por el término de tres (3) años, el cual podrá ser renovado por única vez a juicio de la Autoridad de Aplicación en función de la dinámica y performance de los sectores Armatoriales y de la Industria Naval local, los beneficiarios del presente régimen podrán arrendar a casco desnudo buques y artefactos navales extranjeros…"
El establecimiento de un plazo razonable de arrendamiento resulta de vital importancia para reactivar el sector armatorial y la bandera nacional, de modo que los Armadores en el corto y mediano plazo, y ante la necesidad de bodega, puedan disponer de un tiempo lógico para incorporar buques bajo esta modalidad sin que esa importación de buques represente un cepo para el desarrollo de la industria naval.
El fundamento de la modificación propuesta apunta a buscar un sano equilibrio entre los intereses del sector armatorial con el de la Industria Naval local. De esta forma se alienta el ingreso de buques con bandera argentina para que rápidamente los armadores puedan incorporarlos a su flota minimizando el daño que esta medida le provoca a la industria naval local.
En relación con el Régimen de Promoción de la Industria Naval Argentina, expediente 293-S.-2016, la disidencia parcial que planteo tiene por objeto establecer que la asignación específica que otorgue el Poder Ejecutivo nacional al Fondo para el Desarrollo de la Industria Naval Argentina FODINN-, dispuesto en el artículo 10 por un plazo que no podrá ser inferior a los quince (15) años a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, sea “renovable por otros quince años, previo dictamen fundado de la Autoridad de Aplicación en función de la performance que tuvo dicho Fondo”.