El 25 de agosto de este mismo año ingreso a la Cámara de Diputados la iniciativa que la ONG “Red por la Infancia” trabajo con la Diputada Carla Carrizo, donde se modifica el art. 72 del Código penal para que los delitos de abusos sexuales a menores de 18 años y aquellas personas declaradas incapaces sean de Instancia Pública, significando esto, que ante la denuncia efectuada por un tercero ya no será necesario que la misma sea ratificada por el padre, tutor o representante legal y el fiscal podrá inclusive proceder de oficio.
Si bien el proyecto de ley se presentó muy recientemente, se logró trabajar rápidamente con los diputados integrantes de la comisión de Legislación Penal y en línea directa con el Ministerio de Justicia en el dictamen aprobado con mínimas modificaciones que amplia y mejora el espíritu del mismo. Entre ellas la de introducir a las personas con discapacidad en los términos del art. N° 32 del Código Civil y Comercial de la Nación en la propuesta, y que se encuentran en la misma situación de vulnerabilidad ante este flagelo.
Y es que aquí se habla del abuso sexual infantil (ASI), “Toda actividad sexual que involucre a niños niñas o adolescentes que, debido a su inmadurez psico-biológica, no están capacitados para dar su consentimiento y que en la mayoría de los casos el abusador es alguien conocido por la víctima y de su entorno familiar.
El abuso sexual intrafamiliar, es considerado uno de los delitos más traumáticos para las víctimas, puesto que a la violencia del hecho en sí, se agrega el carácter sorpresivo e inesperado del acto, la ruptura de vínculos de afecto y la destrucción de la percepción de lo familiar como un sitio de resguardo.
En una guía publicada por (UNICEF), en noviembre 2016 destaca que en la mayoría de los casos detectados no suele haber lesiones físicas que funcionen como indicios para determinar quién fue el agresor ni hay una conducta específica o prototípica que los niños víctimas presenten. Tampoco suele haber testigos, ya que quien comete un abuso sexual suele hacerlo a escondidas. Todos estos factores, sumados a mitos enraizados y prejuicios culturales que operan en detrimento de los niños cuando toman la palabra para develar sus padeceres, hacen que el diagnóstico y posterior denuncia sean una tarea compleja. También opera una premisa falsa que sostiene que “si no hay lesión, no hubo abuso”. Esto agrava la situación porque sin detección los niños no reciben tratamiento, protección ni justicia.
Conociendo esta problemática se torna imprescindible revisar nuestra legislación y corregir estos aspectos jurídicos para avanzar en más derechos y cuidados para nuestros niños, niñas y adolescentes en concordancia con tratados internaciones como es la convención de los derechos del niño que en su art. 19 inciso 1, dispone lo siguiente:
1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo.
En la Comisión que presido hemos trabajado y mucho para modificar los delitos de abusos sexuales del art 119 ampliando su figura, hemos aprobado condenar la simple tenencia de pornografía infantil que espero se pueda votar la semana próxima, hemos debatido y consensuado el registro público de violadores, logramos la media sanción de agravantes por delitos contra las personas que se encuentren en situación especial de indefensión y vulnerabilidad, como así también el personal de la salud y de la educación pero que contempla a los menores de 18 años y los delitos contra la integridad sexual.
Estos y otros proyectos trabajados en diferentes comisiones demuestran un interés supremo de este cuerpo legislativo en avanzar en políticas públicas que buscan reforzar los derechos de los más chicos y teniendo en cuenta los datos difundidos por la OMS: “que estima que 1 de cada 5 niñas y 1 de cada 13 niños son abusados sexualmente antes de los 18 años, alcanzando potencialmente casi 2.000.000 de niños y niñas victimas en nuestro país y considerando que estos delitos se dan en su mayoría dentro del entorno familiar es necesario sancionar de forma urgente la propuesta a consideración.
Muchas cosas pueden esperar, el niño NO.