A mediados de marzo el Poder Ejecutivo envió al Honorable Senado un proyecto de ley para que inicie el tratamiento por el cual se aprueba el Convenio sobre Ciberdelito del Consejo de Europa (ETS N°185), adoptado en la Ciudad de Budapest, Hungría, el 23 de noviembre de 2001.
El convenio sobre la ciberdelincuencia insta a los Estados parte a adoptar las medidas legislativas y de otro tipo que resulten necesarias para tipificar como delito en su derecho interno el acceso deliberado e ilegítimo a la totalidad o a una parte de un sistema informático.
Cabe destacar que este Convenio es, hasta la fecha, el único instrumento internacional vigente sobre esta materia y está abierto a la participación a todas las naciones del mundo; de hecho recomiendan hacerlo. El convenio ha sido ratificado por muchos países de diferentes continentes y es utilizado como modelo de legislación penal por un sinnúmero de naciones.
En el año 2008 nuestro país estudio de dicho convenio y pero encontró posibles puntos de conflicto con nuestra normativa. En consecuencia sancionó la ley 26.388, que modificó el Código Penal e incorporó delitos relacionados a la delincuencia informática.
En el año 2010 el Consejo de Europa, luego de un proceso de consulta de estilo con los países miembro, invita a la Argentina a adherir a dicho acuerdo internacional. Cabe destacar que desde aquel momento la influencia del convenio ha crecido y hoy su texto es reconocido como un instrumento fundamental en la lucha contra la criminalidad informática.
Es importante enunciar que en el segundo capítulo se contemplan las medidas legislativas que los países deben adoptar a nivel nacional para prever como infracción penal las enunciadas y clasificadas por el Convenio, señalando: Contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y sistemas informáticos; infracciones Informáticas y las relativas al contenido. Aquí me quiero detener, porque en este punto está incluida la pornografía infantil, uno de los negocios online con mayor crecimiento en los últimos años.
Al respecto, cabe señalar que la Organización de Naciones Unidas reveló que la Argentina se mantiene entre los cinco países que más producen imágenes, videos y audios con menores abusados y existe un promedio diario de cincuenta y cinco causas que llegan a la Justicia local. Detrás de cada imagen y video que se sube a la web o que se comparte a través de las redes sociales y WhatsApp existe un abuso sexual infantil real.
Es fundamental promover la cooperación internacional para fortalecer la lucha contra los delitos complejos, como así también tratar en este recinto el dictamen que hemos logrado en comisión sobre la penalización de la simple tenencia de pornografía infantil, que nuestro Código Penal no lo contempla.
Sobre la difusión no consentida de imágenes íntimas, una práctica que involucra en mayor medida a las mujeres, es considerada como una forma de violencia hacia ellas. En el 73 por ciento de los casos las víctimas han sufrido este tipo de situaciones; en su mayoría, un 46 por ciento, fue por parte de ex parejas e incluyeron situaciones de acoso virtual, amenazas, coacción, extorsión y chantaje, previo a la efectiva difusión no consentida.
Es necesario que como legisladores demos sanción al dictamen que penaliza a este tipo de conducta, ya que existen numerosas iniciativas legislativas al respecto.
En la comisión que presido nos quedó pendiente de aprobación la usurpación de identidad online y el hostigamiento, que también son modalidades delictuales que aún nuestro Código no contemplan y que a diario muchas personas padecen.
Sin duda es un hecho que millones de personas utilizan Internet, porque entre otras cosas facilita las comunicaciones entre individuos aportando diversos beneficios, pero también es real que la red facilita la comisión de delitos en el ciberespacio.
Los profundos cambios provocados por la digitalización, la convergencia y la globalización continua en las redes informáticas nos obligan a estar actualizados y adecuar nuestra legislación para batallar estos delitos que evolucionan y surgen constantemente. Además, debemos buscar la cooperación internacional en materia penal adoptando medidas concernientes a la competencia territorial respecto de cualquier infracción que esté contemplada en el presente Convenio. Es por ello que resaltó la necesidad de que aprobemos este proyecto de ley.