10. INSERCIÓN SOLICITADA POR LA SEÑORA DIPUTADA TUNDIS

Beneficios especiales a personal de salud, fuerzas armadas, de seguridad y otros ante la pandemia de COVID-19.

Señor presidente: son de público conocimiento las dificultades que nos encuentra trayendo esta Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud. La misma afecta a todo nuestro planeta, y específicamente a algunos más que a otros. Los efectos en nuestro país no se han podido sustraer pero, sin embargo, se han dictado normas de excepción por parte del Poder Ejecutivo disponiendo el aislamiento social preventivo y obligatorio, con el objeto de morigerar el incremento exponencial de casos positivos de Coronavirus para que no colapse nuestro sistema de salud.
A lo largo de esta cuarentena obligatoria pudimos ver que ciertos trabajos se han declarado esenciales, no estando obligados al aislamiento y cese de labores, sino que, por el contrario, han visto incrementadas las horas trabajadas para poder hacer frente a mayores tareas o carga horaria por efecto del Covid-19. Muchos de esos trabajadores están expuestos al virus por atender en forma constante al público o bien por desarrollar sus tareas en exteriores.
Especialmente nos referimos en este caso a los profesionales, técnicos, auxiliares (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada; al personal de las Fuerzas Armadas; las Fuerzas de Seguridad; al de la Actividad Migratoria; al de la Actividad Aduanera; a los bomberos, a los recolectores de residuos domiciliarios y de residuos patogénicos.
También creo pertinente tener en cuenta al personal de prensa, camarógrafos, técnicos y demás auxiliares de exteriores, cajeros de supermercados, cajeros de bancos, personal del transporte público y privado.
Todos estos trabajadores podrían estar alcanzados por el impuesto a las ganancias cuando realizan horas extras, guardias o tareas adicionales que requiera atender los servicios relacionadas con la Pandemia.
Por demás está decir que las personas que realizan este tipo de actividades podrían encontrarse poco incentivados a realizar las mismas viendo que gran parte de su ingreso extra resultaría absorbido por una mayor retención del impuesto a las ganancias, tornando nada conveniente realizar una tarea adicional que, en definitiva, no resulte debidamente remunerada.
El salario tiene naturaleza alimentaria y no puede ponerse en riesgo reducirlo de modo de poner en peligro la subsistencia del grupo familiar.
Visto que estas actividades resultan esenciales, sumamente necesarias para el bienestar de la sociedad, resulta oportuno eximir del impuesto a las ganancias cuarta categoría a los trabajadores esenciales en relación de dependencia que realicen horas extras, adicionales remunerativos o no remunerativos, guardias y demás ingresos complementarios en el marco de la Pandemia Covid-19.
Es por estas razones, señor presidente, que deseo apoyar este proyecto de Ley. Muchas gracias.

 

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