5. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO HELLER

Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia

Si bien ya está dicho, la interrupción voluntaria del embarazo IVE y el proyecto que estamos tratando ahora, denominado “de los Mil Días”, son dos legislaciones que interactúan entre sí. Hay que decirlo con todas las letras: la IVE es un tema de clase y nadie puede decir que la vigencia de la prohibición ha generado la desaparición de los abortos. Lo que sí generó, y sigue generando, es una gran discriminación entre quienes tienen recursos para resolver este problema con seguridades sanitarias y sociales y quienes por falta de recursos deben recurrir a procedimientos riesgosos por donde se los mire, incluida la posibilidad, desgraciadamente bastante habitual, de muerte.
La idea de este proyecto de los Mil Días es que, entre otras cuestiones, aquellas personas gestantes que se encuentren en una situación de vulnerabilidad social no consideren la interrupción del embarazo por un motivo de necesidad económica o social, porque nadie debe estar obligado a hacer algo que no desee hacer. En definitiva, este proyecto intenta ir eliminando la discriminación de clase para las personas gestantes que no tienen recursos.
Como bien expresó Elizabeth Gómez Alcorta, ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, este es un proyecto que amplia derechos, que fija políticas de salud, que crea una institucionalidad para asegurar su implementación, a la vez que asegura un abordaje integral de la atención y el cuidado. Asimismo, establece derechos y prestaciones vinculados a la seguridad social, al derecho a la identidad, a la salud integral, a la protección en situaciones específicas de vulnerabilidad y también al acceso a la información.
El marco normativo de este proyecto de ley está claramente estipulado en el artículo 2º, con un andamiaje jurídico internacional y constitucional en virtud de la protección que otorga al derecho a la identidad, a la salud integral, a la alimentación saludable, a la vida digna y libre de violencia, a la seguridad social y al cuidado en los primeros años de la niñez.
Este proyecto también se basa en una mirada integral de la política pública, que considera necesaria la coordinación entre las agencias del Estado que intervienen, sobre todo como una cuestión vital para la eficacia de las políticas en su implementación.
El proyecto de ley en tratamiento establece que se deberá elaborar e instrumentar un sistema de monitoreo y evaluación de la instrumentación de la presente norma, incluyendo la construcción de indicadores priorizados que permitan evaluar el acceso y el ejercicio efectivo de los derechos que esta garantiza. Este esquema de monitoreo y evaluación deberá ser implementado de manera transversal por los tres subsectores que componen el sistema de salud el público, las obras sociales y la medicina prepaga y será obligatorio el envío de la información requerida por la autoridad de aplicación. Además, la autoridad de aplicación deberá enviar a este Congreso de la Nación un informe anual con el estado de avance e indicadores respecto de la implementación de la presente ley.
También se crea la Unidad de Coordinación Administrativa para la atención y el cuidado integral de la salud de las mujeres y personas gestantes durante el embarazo y de sus hijos e hijas hasta los tres años, la que tendrá como función el abordaje integral y la coordinación de las acciones necesarias para la plena implementación de lo establecido en esta norma.
La Unidad de Coordinación Administrativa estará integrada por representantes del Ministerio de Salud, del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, del Ministerio de Desarrollo Social, de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia SENAF , del Ministerio de Educación, de la Administración Nacional de la Seguridad Social ANSES , del Registro Nacional de las Personas RENAPER , del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales y de otros organismos que la autoridad de aplicación considere relevantes.
Como se observa, contará con una amplia representación de organismos para garantizar una adecuada implementación efectiva del presente proyecto cuando se convierta en ley.
Cada capítulo tiene una importancia esencial, y si bien me he referido hasta el momento a una cuestión más administrativa, por así decirlo, establecida en el final del proyecto de ley, ello se debe a que una norma de esta envergadura requiere una gran coordinación de las distintas partes involucradas.
En tal sentido, no puedo dejar de mencionar lo atinente al Capítulo II, sobre el derecho a la seguridad social. A este respecto, tomo una expresión de Fernanda Raverta, directora Ejecutiva de la ANSES, que dijo: “Esta ley, sin ninguna duda, pone en un plano de igualdad a aquellos niños y niñas que nacen en familias con un ingreso garantizado con los que nacen en familias en donde el trabajo aún no ha llegado”.
También quiero destacar la importancia del Capítulo III, del derecho a la identidad, que facilita todos los trámites para que los niños y niñas estén correctamente registrados. Si bien es un grupo menor la mayoría se registra , pierde uno de sus derechos esenciales: el de la identidad. El presente proyecto tiene por objeto evitar que esto suceda.
En cuanto al Capítulo IV, sobre derecho a la salud integral, y al Capítulo V, sobre derecho a la protección en situaciones específicas de vulnerabilidad temas que no manejo en detalle , me parece importante tomar los ejes “Sobrevivir”, “Prosperar” y “Transformar” en los que se basa este proyecto, comentados por Gabriela Bauer, directora de Salud Perinatal y Niñez del Ministerio de Salud de la Nación. El hecho de que el proyecto esté estructurado en estos ejes es de por sí definitorio, más allá de analizar en detalle cada uno de los artículos que lo componen.
Permítaseme referirme ahora a las cuestiones presupuestarias involucradas en este proyecto. Por ejemplo, según lo estipulado en el Orden del Día N° 351, que contiene el proyecto que estamos tratando, la estimación del impacto para la ANSES, considerando que los cálculos están realizados en base a valores de diciembre de 2020, incluido el 5 por ciento de aumento en dicho mes ya informado por el Poder Ejecutivo, sería la siguiente.
La asignación para el cuidado de la salud integral alcanzaría a 736.846 personas, con un costo de 2.765 millones de pesos al año, que consiste en una prestación una vez al año de 3.717 pesos. La extensión de asignación por embarazo para protección social, que se ha prolongado a nueve meses como máximo, con un monto mensual individual de 3.717 pesos, llegará a unas 70.000 personas e insumiría un total anual de 2.340 millones de pesos. En el caso de la ampliación de la asignación por nacimiento y por adopción, se beneficiaría a 175.812 personas, con una erogación total anual de 763 millones de pesos. Sumados estos tres ítems tenemos una erogación anual estimada en 5.868 millones de pesos, lo cual significa un 2,4 por ciento de los fondos asignados al Programa 03 de la AUH, según consta en el presupuesto nacional 2021, al que le asigna un total anual de 242.150 millones de pesos.
Resulta lógico analizar la totalidad de los recursos demandados por este proyecto, pero quiero reflexionar sobre esta cuestión porque no podemos analizar estos temas esenciales con una mirada exclusivamente contable. Más allá de evaluar los costos que presentó la titular de la ANSES, todos los temas encarados en el proyecto que estamos tratando ¿acaso no son cuestiones prioritarias? ¿Podemos denegar alguno de los derechos y necesidades que se resuelven con este proyecto porque los recursos no están disponibles? Yo creo que no. Si no están los recursos, hay que crearlos.
¿Cuánto se ha ahorrado en intereses de la deuda pública por la exitosa reestructuración de deuda en dólares de este gobierno? Antes, todos los años se iban dos puntos del PIB a los bolsillos de los acreedores debido a intereses altísimos que no tenían parangón con lo que se pagaba, y se paga aún hoy, en el resto del mundo. Ahora, gracias a la renegociación, por varios años podrán dedicarse esos recursos ahorrados a los gastos necesarios para sostener la salud, la inclusión, los derechos más elementales. Esos dos puntos del PIB serían de unos 750.000 millones de pesos en 2021, según los cálculos del presupuesto nacional, es decir, tres veces lo presupuestado para la AUH y la asignación por embarazo.
La pandemia impactó negativamente en la recaudación tributaria, pero hubiera sido mucho menor si no se hubieran reformulado varios impuestos en diciembre de 2019, apenas comenzado el gobierno de Alberto Fernández, gracias a la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva. También cabe citar el estudio de una reforma impositiva que está realizando el Poder Ejecutivo, que será tratada por este Congreso, y será aquí donde se decidirá, por las mayorías debidas, qué se modifica y qué no, y cuán progresivo se lo desea. Seguramente allí tendremos en cuenta los recursos para hacer frente a los gastos demandados por este importantísimo proyecto, como también muchos otros gastos necesarios que la Nación requiere para inversión pública, educación, salud, etcétera.
Acabamos de sancionar al proyecto de ley de regulación del acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención postaborto. Insto a las diputadas y diputados a aprobar este proyecto. Estoy convencido de que, por su importancia, tendrá una elevada adhesión, tal como sucedió durante su tratamiento en comisiones.
 

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