Estamos abordando una temática, la regulación del teletrabajo, que ha tomado relevancia a partir del actual contexto de aislamiento social preventivo y obligatorio adoptado por nuestro gobierno para mitigar los efectos de la pandemia provocada por el COVID-19 y que ha derivado en la intensificación de este tipo de herramientas. Resulta necesario entonces, en este contexto, dotar a la sociedad de un instrumento que otorgue un marco jurídico a las dinámicas de vinculación laboral que surgen precisamente por la utilización de nuevas tecnologías, que se fueron desarrollando en los últimos años y cuyo uso se precipitó necesariamente por este contexto de aislamiento que describía anteriormente. En esta instancia, deseo destacar el trabajo realizado por la comisión y especialmente por su presidenta al considerar todas las iniciativas con estado parlamentario, entre otras, la del diputado Eduardo Fernández a la cual he adherido como cofirmante, especialmente en aquellos aspectos referidos a los principios rectores de voluntariedad, reversibilidad, igualdad de trato y tareas de cuidado, como así también los derechos y obligaciones, específicamente el derecho a la desconexión.
El dictamen que estamos considerando contiene precisamente los presupuestos mínimos del contrato de teletrabajo, estableciendo así el régimen legal y dejando que otros aspectos que se refieren a regulaciones específicas de cada actividad sean abordados mediante negociación colectiva.
No quiero extenderme más sobre aspectos que ya han sido abordados por la señora diputada miembro informante de la comisión y otros compañeros que me han precedido en el uso de la palabra, pero sí deseo destacar que se trata de una nueva modalidad. Esta es la primera regulación que se aborda, por lo tanto, es un camino que recién comienza y a medida que se extienda el uso de nuevas tecnologías en el ámbito laboral, seguramente, las iremos regulando.
Así, por ejemplo, en la iniciativa de la cual soy cofirmante se incluía la regulación de esta modalidad en el ámbito público, que seguramente deberemos abordar en un tiempo no muy lejano.
Sin lugar a dudas con esto termino mi presentación-, este proyecto constituye un gran avance en cuanto a la protección de los derechos de los trabajadores y trabajadoras que hoy se encuentran en una laguna legislativa y puede suceder que sus derechos resulten cercenados ante la inexistencia de una regulación que los ampare.