3. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPTUADO BRIZUELA DEL MORAL

RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO. MODIFICACION. (22-PE-2019 y Ramón 5646-D-2019)

En 2004 el Congreso Nacional sancionó la ley 25.922, que se conoció como la ley del software, ya que su objetivo era promocionar la industria del software.
En dicha norma se dieron a las empresas favorecidas importantes beneficios con créditos fiscales que llegaron hasta el 70 por ciento de las contribuciones patronales o una desgravación del 60 por ciento del impuesto a las ganancias.
Luego, transcurridos unos quince años, se deroga esa ley para incorporar nuevas actividades a los beneficios fiscales que se le otorgaba a la industria del software. Así nació la llamada ley de la economía del conocimiento, sancionada bajo el número 27.056. Es esa norma la que venimos hoy a corregir intentando mejorarla.
Los cambios que se pretenden, en cierta manera, vuelven la idea de los beneficios a sus orígenes, es decir, a la ley del software, perfeccionando y sacando lo mejor de ambas normas.
Es claro que la idea de este tipo de proyectos no es solamente incentivar a la industria del conocimiento mediante la seducción de mejores ganancias para las empresas que se dediquen a los rubros favorecidos, sino que la idea principal es que ese beneficio incentive a estas empresas a ser grandes generadoras de empleos.
Vale decir que la quita del 60 por ciento del impuesto a las ganancias a las actividades promovidas, sumada a que los impuestos del exterior serán considerados como gastos deducibles y no como créditos fiscales y que las exportadoras no tendrán retenciones y percepciones del IVA, hará que estas empresas también gocen del beneficio como bono fiscal por el 70 por ciento de los empleados afectados, con un tope de hasta 3.745 empleados.
Es importante destacar el plus que se establece de un 10 por ciento adicional para aquellas empresas que contraten mujeres profesionales o empleados de zonas desfavorables o de menor desarrollo relativo, personas con discapacidad, aquellos profesionales especialmente capacitados y con posgrados o beneficiarios de planes sociales.
Es claramente una ley que intenta no solo incentivar una industria que se basa en el conocimiento, sino también dicha actividad en todos los niveles, llevando a la generación de empleo como su objetivo fundamental.
Es importante desde el punto de vista federal si consideramos que a diferencia de su antecedente inmediato este proyecto no requiere la adhesión expresa de las provincias mediante la sanción de una ley que respetara la estabilidad fiscal y ofreciera beneficios adicionales.
Quizás la eliminación de la estabilidad fiscal implique perder un incentivo importante dentro del contexto que se busca generar para el desarrollo de este tipo de empresas y las nuevas inversiones, pues la estabilidad fiscal siempre apunta a la seguridad jurídica en esta materia, sobre la cual las nuevas inversiones podrán asentar sus bases de inversión.
No obstante, considero que el proyecto está correctamente orientado a promover el ingreso de las pymes y microempresas a partir de la flexibilización de los requisitos de acceso.
Será seguramente la reglamentación la que defina la suerte y efectividad de esta importante iniciativa.
Creo que este proyecto es el resultado de las experiencias previas que ya mencioné, es decir, la ley del software y la ley de economía del conocimiento de 2019. En este entendimiento y creyendo que será beneficioso para el desarrollo de la actividad y la generación de empleo de calidad es que vengo a adelantar mi apoyo al proyecto.
 

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