4. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO MAQUIEYRA

Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública. Modificación sobre ampliación de la moratoria para paliar los efectos de la pandemia generada por el COVID-19

En este contexto de crisis y sobre todo de incertidumbre, es necesaria una ley de moratoria que permita a las pymes y monotributistas hacer frente a sus obligaciones y poder mantener su producción y las fuentes de trabajo cuando vuelva la actividad. Por eso festejamos que se hayan receptado varias iniciativas que hemos presentado para que las empresas puedan postergar sus vencimientos y adecuar sus deudas para enfocar sus esfuerzos en la reactivación de la economía, de la cual son motor.
En este sentido, reconocemos que se ha trabajado para llegar a un consenso en varios puntos del presente proyecto, pero también debemos destacar que hay elementos esenciales que nos separan y que no podemos consentir bajo ningún aspecto: el artículo 11 del proyecto es un perdón de deuda a una empresa que se quedó con plata de todos los argentinos y de todos los contribuyentes que cumplen con esfuerzo sus obligaciones fiscales. Para ser claros en este punto, la plata que debía ser destinada a comedores, escuelas, seguridad, fue destinada a la expansión de un negocio por el solo hecho de tener conexiones políticas que permitieron este acto ilícito y repudiable que no podemos consentir.
En el marco de una ley que acompañamos, el Congreso Nacional no puede dar este mensaje de que todo incumplimiento tiene el mismo valor, sin importar su causa. Con el artículo citado estamos frente a una situación que es fraudulenta y que contraría la confianza de todos los argentinos. El mensaje, además de ser negativo, atenta contra cualquier iniciativa de privados, quienes sienten, con cierta razón gracias a este proyecto, que las reglas no son iguales para todos, y que hay beneficios de sangre pese a lo que dice la Constitución Nacional, que los prohíbe en forma expresa. Le decimos al contribuyente que puede presentar la quiebra cualquiera sea su fundamento y que el Estado va a responder para sacarlo de esa situación.
Como han indicado mis compañeros de bancada, este artículo fue realizado para salvar a Cristóbal López y a Fabián de Sousa, empresarios ligados desde hace muchos años al poder actual.
Asimismo, resulta un antecedente negativo ya que, si bien en este caso es claro, la empresa que se pretende beneficiar es una medida cuyas características pueden utilizar en el futuro otras empresas fraudulentas si se repite esta modalidad. Esto es más grave, ya que todos pueden entender que pueden actuar en forma contraria a la ley y que estos diputados de la Nación estarían dispuestos a votar una ley de amnistía de la cual serían beneficiados en perjuicio del resto de los argentinos.
La Argentina no tiene antecedentes de que se haya votado una ley con un artículo que prevea incluir en los beneficios de la moratoria a empresas quebradas sin continuidad de actividades, precisamente porque esas empresas no tienen más su actividad principal. Es que dicha quiebra sin continuación indica que carecen de fondos para garantizar un programa de deuda y lo que queda de dichos activos se encuentran en proceso de liquidación. Es decir, ayudamos a Oil Combustibles y generamos una inseguridad jurídica en desmedro de los ciudadanos, quienes con razón se deben sentir estafados.
Ahora bien, con la salvedad realizada, estamos frente a una crisis en la que parece ilógico que las empresas deban cesar su actividad por deudas fiscales. Más allá de que también aprobamos una necesaria suspensión de los concursos y pedidos de quiebra, el Estado debe mostrar un esfuerzo para que la economía pueda reactivarse a través de las pymes, a las que tanto hemos acompañado en el gobierno anterior.
En este punto, y en contradicción a la crítica realizada, agradecemos que se haya previsto un beneficio específico para los contribuyentes cumplidores. Este principio, que ya había sido utilizado por nuestro espacio en 2016, da el mensaje correcto, a contrario sensu del artículo 11, ya que le da cierta esperanza al que trabajaba, emplea y produce confiando en el Estado argentino pese a las sucesivas crisis. Nos hubiese gustado un incentivo mayor respecto del contribuyente que, pese a la situación apremiante, siguió cumpliendo sus obligaciones para que se pudiera seguir haciendo frente a las obligaciones sociales y contribuyendo a la compra de barbijos y al ingreso familiar de emergencia, aun cuando eso requería de un esfuerzo especial.
Hemos firmado un dictamen de minoría, sí, porque creemos que algunas inequidades tienen un sesgo ideológico que podía ser subsanado; entre otras cuestiones, hay distinción entre las personas físicas y jurídicas respecto del vencimiento del impuesto a las ganancias y bienes personales; no se incorpora las deudas por aportes y contribuciones al Sistema Nacional de Obras Sociales; no se amplía la ventana temporal de acceso a la moratoria prevista para el 31 de octubre proponíamos el 30 de noviembre , ni tampoco otorga facilidades para el pago de costas y gastos causídicos en los casos de desistimiento de acciones, recursos o reclamos en trámite, entre otras cuestiones.
Por ello, entendemos necesaria la iniciativa tendiente a facilitar el pago de deudas fiscales a través de una moratoria cuando se trate de contribuyentes de buena fe, y también acompañamos el beneficio extra para aquel que cumplió en tiempo con sus obligaciones, pero queremos dejar en claro nuestra oposición a los beneficios para defraudadores que se han quedado con plata de todos los argentinos.

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